Procedente el despido de una trabajadora que pesó un trozo de salmón sin piel ni espinas para pagar menos
La empleada, que atribuyó el error a «las prisas», pidió que el despido fuera declarado improcedente
Mar Georga
Miércoles, 3 de diciembre 2025, 01:22
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha confirmado el despido disciplinario de una trabajadora de un supermercado que pesó, para sí misma, una bandeja de salmón sin piel ni espinas, reduciendo así de forma irregular el precio final del producto.
La sentencia, recogida en la resolución 1955/2021, concluye que la empleada actuó con conocimiento pleno de las normas y vulneró de manera deliberada los procedimientos internos que la empresa tenía claramente establecidos.
La cadena detectó la irregularidad el 29 de octubre de 2019, cuando el responsable de pescadería encontró una bandeja cuyo peso, precio y contenido no coincidían con lo estipulado.
La trabajadora, contratada en 2016 y con un salario de 1.407 euros mensuales, reconoció los hechos, aunque los atribuyó a «las prisas». Sin embargo, la empresa recordó que estaba prohibido pesarse productos para autoconsumo y que el salmón debía etiquetarse siempre con piel y espinas.
El fallo del juzgado de A Coruña y las pruebas aportadas
El Juzgado de lo Social nº 3 de A Coruña ya había considerado el despido procedente, al entender que la empleada incumplió de forma consciente las normas internas y actuó contra la buena fe contractual, pese a que el perjuicio económico fuese reducido.
La decisión se basó en la declaración del responsable de la sección, de varias compañeras y en las grabaciones de videovigilancia, donde quedaba acreditado el proceso irregular de pesado.
El tribunal también destacó que la cadena de supermercados había sancionado previamente a otros trabajadores por la misma conducta, lo que demuestra la existencia de una normativa interna clara y conocida por todos.
La empleada pidió que el despido fuera declarado improcedente, pero la magistrada rechazó esta tesis al considerar que la actuación no fue un descuido aislado, sino una falta grave.
El TSXG avala el despido disciplinario: no es necesario que exista un perjuicio económico significativo
El TSXG ratificó íntegramente la sentencia anterior, subrayando que la conducta de la trabajadora fue deliberada, repetida y contraria a las normas de la compañía.
El tribunal consideró probado que actuó sin ser observada, pesó el producto ya limpio y lo guardó en la cámara para pagarlo posteriormente a un precio menor, lo que suponía un abuso de confianza y una vulneración grave de las obligaciones laborales.
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La sala recordó que no es necesario que exista un perjuicio económico significativo para justificar un despido disciplinario. Lo determinante es la ruptura de la confianza y la transgresión de la buena fe, motivos por los que se confirmó el despido procedente, sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación, y se desestimó el recurso de la trabajadora.