El Ayuntamiento ya revisa el IBI de edificios de la Iglesia para cobrarlo
Hacienda usará el padrón de los recibos exentos para comprobar si hay una actividad lucrativa con una competencia directa a empresas
P. MORENO
VALENCIA.
Miércoles, 5 de septiembre 2018, 20:28
Tras el envío de recibos por el Impuesto de Construcciones referidos a los últimos cuatro años, el concejal de Hacienda, Ramón Vilar, anunció ayer la revisión «uno a uno» de todos los inmuebles vinculados de alguna manera en propiedad a la Iglesia católica para cobrar el Impuesto de Bienes Inmuebles. La medida se tomará con efecto retroactivo.
El Impuesto de Bienes Inmuebles se pone al cobro del 1 de marzo al 30 de abril, aunque no se descarta el envío extraordinario y anticipado de los citados recibos, que se remontarían a los últimos cuatro años. El edil de Hacienda se mostró convencido de que la medida saldrá adelante, pese a que entra en aparente conflicto con la Ley de Mecenazgo y el Concordato con la Santa Sede.
Vilar indicó que el trabajo cogerá el padrón, la base de datos de todos los recibos. «Cogeremos todos los que ahora están exentos y estudiaremos uno a uno, con inspecciones incluso, si realizan alguna actividad lucrativa que suponga una competencia en el mercado», dijo.
Este es el argumento principal que dará cobertura jurídica para el cobro de los recibos. El gobierno municipal prevé el cobro de dos millones de euros por la suma de todos los impuestos que pondrá al cobro a fundaciones, patronatos y otras entidades vinculadas con la Iglesia católica y que ahora están exentas. Universidades y hospitales son los casos más aparentes y conocidos, aunque en realidad la medida se refiere a cualquier propiedad no relacionada con el culto y cuya actividad suponga una competencia directa con el mercado económico.
El principal apoyo legal para la medida es la sentencia de un tribunal europeo que dio la razón al Consistorio de Getafe el pasado enero para cobrar 23.710 euros a la Iglesia del Impuesto de Construcciones por las obras en un salón de actos, al tratarse del lugar de actividades comunes y no religiosas.
«El fallo explica que se vulnera la libre competencia, un principio europeo por encima de las legislaciones nacionales», explicó entonces el delegado de Hacienda, que en los últimos años ha intentado llevar a cabo esta medida. Una de las alternativas fue presentar el asunto en la Federación Española de Municipios y Provincias, que finalmente no se aprobó como tal. Después, se acordó una declaración conjunta en unas jornadas municipalistas celebradas en Valencia, donde acudieron representantes de los principales ayuntamientos españoles.
La Ley de Mecenazgo indica que las exenciones son posibles si el 70% de los ingresos generados por la actividad se destina a entidades que tienen entre sus fines los incluidos en dicha norma. El artículo 3 de la última revisión, realizada en 2015, habla de «fines de interés general, como pueden ser, entre otros, los de defensa de los derechos humanos, de las víctimas del terrorismo y actos violentos, los de asistencia social e inclusión social, cívicos, educativos, culturales, científicos, deportivos, sanitarios, laborales, de fortalecimiento institucional y cooperación para el desarrollo».
El concejal de Hacienda señaló que del estudio pormenorizado saldrá el listado definitivo de recibos. «No está claro que se puedan cobrar a los colegios concertados, eso hay que verlo con el concierto que tienen a través de la Generalitat». La Administración autonómica tiene una legislación específica para el tratamiento fiscal de estos centros, en su mayor parte propiedad de entidades religiosas.
Los dos millones de euros anuales que espera recaudar el Consistorio saldrán fundamentalmente de propiedades de entidades católicas. La Universidad Católica anunció ayer precisamente la creación de un campus propia en el área metropolitana de Valencia. A medio plazo, finalizó el concejal de Hacienda, se estudia también girar al cobro recibos del Impuesto de Actividades Económicas, aunque es algo que deben determinar todavía los técnicos municipales. Este tributo afecta a las empresas que facturan más de un millón de euros anuales, mientras que para el resto, los Ayuntamientos se sirven de una compensación directa del Gobierno.
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