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Edificio con un cartel de se alquila. Javier Carrión

Hacienda prepara sanciones para los propietarios con más de una vivienda si no la usan como residencia habitual

El organismo vigilará de cerca a aquellos con segunda residencia ya que ofrece ciertas ventajas

Mario Lahoz

Valencia

Lunes, 25 de agosto 2025, 00:14

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Hacienda ha introducido novedades para los propietarios con más de una vivienda en España- A partir de ahora, la Agencia Tributaria impondrá multas a aquellos que no residan en ellas, a diferencia de antes, cuando solo se sancionaba a quienes las vendían a precios extremadamente bajos.

Tener otra residencia además de la vivienda habitual conlleva diversasa ventajas como obtener ingresos adicionales a través del alquiler o disfrutar de ella durante las vacaciones o días libres. Sin embargo, también implica ciertos inconvenientes, como la obligación de rendir cuentas a la AEAT.

Aquellas personas que decidan optar por el alquiler deberán declarar los ingresos generados por el arrendamiento, considerándolos como rendimientos del capital inmobiliario. Sin embargo, en el supuesto de que la vivienda permanezca desocupada y solo se utilice durante breves períodos, los propietarios estarán obligados a incluirla en su declaración, especificando su estado como 'vacía'.

Este procedimiento debe realizarse en el apartado correspondiente a actividades económicas. Así lo han indicado desde Tax Down. Se trata de una especie de sanción impuesta por Hacienda a las propiedades que no están en uso.

De este modo, a las viviendas vacías la Agencia Tributaria les imputará un valor del 2% del valor catastral -un 1,1% si ha sido revisado en los últimos 10 años-. No declarar el ingreso obtenido por el alquiler o segundas viviendas vacías constituiría un fraude para Hacienda y podría dar lugar a sanciones.

Si la base de la sanción no supera los 3.000 euros, exista o no ocultación, se aplicará una multa del 50% de la cantidad. Si la base es superior a los 3.000 euros y existe ocultación, se recibirá una multa de entre el 50% y el 100% de la cantidad. En cambio, si se han utilizado medios fraudulentos, constituye multas de entre el 100% y el 150% de la cantidad.

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