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Una joven mira el escaparate de una inmobiliaria. A.i.

El Banco de España lanza una advertencia a aquellos que quieran vivir de alquiler

La entidad estatal advierte de algunas malas prácticas en el ámbito financiero

D. Merino

Miércoles, 13 de agosto 2025, 00:57

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Uno de cada cuatro españoles vive de alquiler. El porcentaje de habitantes que viven en una vivienda de arrendamiento sigue aumentando año tras año y ya alcanza el 25% del total este 2025, según datos de Fotocasa. Una tasa relativamente estable en el tiempo, pero con una tendencia al alza por la situación del mercado inmobiliario con una escasa oferta y una demanda disparada, lo que se traduce en precios imposibles para los inquilinos.

En este sentido, es habitual que durante el verano se busque un apartamento para las vacaciones o, simplemente se busque nueva casa. No obstante, en ocasiones más de uno se puede topar con un piso, en excelente ubicación, a un precio que no se corresponde con la zona.

Una de las prácticas más comunes para reservar un piso es realizar un pago inicial a través de transferencia bancaria utilizado frecuentemente como señal. Aunque puede parecer una solución rápida, especialmente para quienes necesitan una vivienda con urgencia, este método también se ha convertido en una vía aprovechada por estafadores.

De ahí que el Banco de España haya lanzado la enésima advertencia a todos aquellos que busquen piso de alquiler. Algunas pistas son sospechosas son, entre otras, que las fotos parecen «de revista», que el anunciante dice que está en el extranjero y no puede enseñar el piso, que el contacto es por correo electrónico y contiene frases con faltas de ortografía o gramaticales, y pide que hagas el pago de la reserva mediante transferencia por adelantado.

En estos casos, antes de proceder, se debe ir con cuidado porque las transferencias son mandatos de pago irrevocables. En cuanto el estafado se de cuenta del engaño, deberá contactar con su banco lo antes posible. De conformidad con las buenas prácticas y usos financieros, se le exige que haga esfuerzos razonables para tratar de recuperar el importe transferido, contactando con el banco receptor.

No obstante, se ha de tener presente que la cantidad que ya se haya abonado en la cuenta del beneficiario no podrá ser devuelta sin el consentimiento de este, o por orden judicial. De ahí que se deba extremar la cautela en estos casos y asegurarse bien antes de realizar la transferencia.

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