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Borrador de la Renta. Dónde presentarlo si la declaración sale A INGRESAR y hay que pagar a Hacienda en 2016 (2017)

Hay cinco maneras de presentar la declaración de la Renta

LASPROVINCIAS.ES

Jueves, 30 de marzo 2017, 12:08

Si el borrador de la declaración de la Renta de 2016 (la que se presenta en 2017) te sale a ingresar, tienes varias formas de presentar la declaración:

Con domiciliación bancaria del pago (hasta el 26 de junio de 2017)

- Por Internet, entrando en www.agenciatributaria.es, Campaña de Renta 2016, pinchando en el Icono azul "Tramitación Borrador / Declaración (Renta WEB). Puede hacerlo con su NIF, su número de referencia, DNI o certificado electrónico o con la Cl@ve PIN.

- Por teléfono: mediante llamada telefónica al 901 200 345/91 535 68 13.

- En las oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas por las Comunidades Autónomas, Ciudades con Estatuto de Autonomía o Entidades locales, oa través de cita previa.

Sin domiciliación bancaria

- Por Internet, entrando en www.agenciatributaria.es, Campaña de Renta 2016, pinchando en el Icono azul "Tramitación Borrador / Declaración (Renta WEB), o bien, en la Sede electrónica, si dispone de firma electrónica, ya sea mediante certificado electrónico o DNI electrónico. También puede presentar el borrador a ingresar, con su número de referencia, o utilizando la Cl@ve PIN.

En este caso es necesario previamente realizar el ingreso (mediante adeudo en cuenta o en efectivo) en una entidad financiera y obtener el NRC (Número de Referencia Completo). La entidad financiera realizará el cargo del importe indicado en su cuenta, proporcionándole a continuación el NRC, número que justifica el pago del impuesto.

El contribuyente podrá obtener el Número de Referencia Completo (NRC) de la entidad colaboradora de forma directa en sus oficinas.

Para obtener el NRC, una vez confeccionada la declaración,

- Diríjase a su entidad financiera.

- Ordene el pago de la cuota del IRPF 2016.

- Aporte los siguientes datos:

Importe exacto de la cuota (con decimales)

Modelo de declaración: 100

Ejercicio: 2016

Período: 0A (cero A)

La entidad financiera realizará el cargo del importe indicado en su cuenta, proporcionándole a continuación el NRC, número que justifica el pago del impuesto. Ese NRC es el que debe consignar en la pantalla de presentación de la declaración.

También puede obtenerse el NRC a través de los servicios de banca electró¬nica que presten a sus clientes por alguna de las siguientes vías:

Por vía electrónica, utilizando un certificado electrónico reconocido emitido de acuerdo a las condiciones que establece la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, que resulte admisible por la Agencia Estatal de Administración Tributaria según la normativa vigente en cada momento.

O también por vía electrónica, mediante el uso del sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario (Cl@ve PIN), empleado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria para facilitar a las Entidades colaboradoras la identificación telemática de aquellos obligados tributarios y personas que así lo soliciten con ocasión del pago de sus deudas.

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