69.670 valencianos ya han presentado su declaración de renta y crecen un 18% las de patrimonio
Rentaweb que incorpora un sistema de rectificación de autoliquidación
EUROPA PRESS
Viernes, 7 de abril 2017, 13:06
Los contribuyentes valencianos presentarán 2.170.000 declaraciones de renta esta campaña, un 1,03% más, de las que 1.576.500 serán a devolver por un importe de 1.084 millones, un 2,1% más, mientras que las declaraciones por el impuesto de patrimonio aumenta un 17,8% con un 9,7% más de recaudación debido al cambio normativo introducido este año por el Gobierno valenciano de reducir el mínimo exento de los 700.000 a los 600.000 euros.
Así, lo ha avanzado este viernes el delegado de la Agencia Tributaria en la Comunitat, Manuel Cabrera, en la rueda de prensa de presentación de la campaña de renta de 2016, que ha comenzado con la presentación de 69.670 declaraciones en los primeras 48 horas de plazo, de las que ya se han acordado la devolución inmediata de 11.681 por un importe de 4.131.000 euros.
Este año se calcula que 490.000 declaraciones de renta serán a ingresar con 867 millones, un 7,4% más que la anterior campaña, mientras que la previsión de ingresos por las 23.141 declaraciones por el impuesto de patrimonio asciende a 119,92 millones, un 9,7 más.
En este incremento del importe por el impuesto de patrimonio, ha explicado, también influye la modificación legal de 2012 por el que se aumenta el control de los bienes en el extranjero que deben declararse y el intercambio de información con otros países.
Las casi 70.000 declaraciones que se han registrado en los primeros dos días suponen un 17% más que en 2014, año comparable porque el pasado ejercicio hubo un problema en la página web que las limitó a 47.073, un 50% menos.
Cabrera ha resaltado que las principales novedades de estas campaña son extensión de 'Renta web' a todos los contribuyentes con rendimientos de actividades económicas, la posibilidad de rectificar la declaración ya presentada sin que suponga alargar el plazo de devolución y el aviso en la declaración de la renta a los afectados por cláusulas suelo que tengan que tributar.
La atención en internet y por teléfono se inició el pasado día 5 y las devoluciones han comenzado este viernes. El plazo de presentación finalizará el 30 de junio tanto para las declaraciones a ingresar como las que sean a devolver. No obstante, en las declaraciones a ingresar si se realiza mediante domiciliación bancaria el plazo termina el 26 de junio.
Control de alquileres vacacionales
Cabrera ha recordado que disponen de los datos de la campaña de control de alquileres de apartamentos y balcones que realizaron en Fallas y que los contribuyentes tienen hasta el 20 de abril para declarar estos ingresos. El objetivo de estas campañas, que se repetirán durante otras fiestas locales y sobre apartamentos turísticos en verano, es incentivar la declaración voluntaria de los contribuyentes.
Las principales novedades de la campaña de este año son que desaparece definitivamente el programa Padre de ayuda a la confección de la declaración de la renta, que ya se eliminó el año pasado para la mayoría de los contribuyentes y únicamente quedó relegado a los declarantes de actividades económicas, básicamente autónomos, y se ha generalizado la Renta Web, que ha incorporado un sistema de rectificación de autoliquidación.
Esta rectificación puede hacerse solo para las declaraciones d renta de 2016 tanto durante como después de haber finalizado, siempre que no se haya recibido ya el importe de devolución.
Cláusulas suelo
Por su parte, los contribuyentes afectados por cláusulas suelo no tendrán que integrar en la base imponible de la declaración la devolución (en efectivo o a través de otras medidas de compensación) de las cantidades previamente satisfechas a las entidades financieras en concepto de intereses por aplicación de las cláusulas suelo, ni tampoco los intereses indemnizatorios. De esta forma, no tributan estas cuantías derivadas de acuerdos celebrados con entidades financieras ni de la ejecución o cumplimiento de sentencias judiciales o laudos arbitrales.
Por contra, si las cantidades percibidas hubieran formado parte en ejercicios anteriores de la base de deducción por inversión en vivienda habitual y se hubieran devuelto en efectivo se pierde el derecho a las deducciones practicadas, lo que se debe regularizar en el ejercicio en el que se celebre el acuerdo, mientras que si se destinó a amortización del préstamos no se debe regulariza. No se exigirán intereses de demora y solo se deben regularizar los ejercicios no prescritos.