Los jueces dictan las primeras sentencias para que accionistas de Bankia recuperen su dinero
El fallo que la Audiencia Provincial de Valencia dictó en diciembre, pionero en España, ya sirve de argumento para condenar al banco en primera instancia
X. MORET
Sábado, 7 de febrero 2015, 01:01
valencia. Los juzgados de primera instancia de Valencia ya han comenzado a aplicar el criterio fijado por la Audiencia Provincial de Valencia para dar la razón a los accionistas que reclaman a Bankia la devolución de su dinero mediante demandas civiles. Este tribunal fue el primero en España que anuló el contrato de compra de acciones de un inversor minorista y condenó al banco a devolverle el dinero porque el folleto de la salida a Bolsa no reflejaba la situación real de la entidad, que meses después de comenzar a cotizar fue intervenido y rescatado con más de 23.400 millones.
Una sentencia del juzgado de primera instancia número 2 de Valencia dictada el pasado 19 de enero se basa en el fallo que la Audiencia provincial había dictado el 29 de diciembre para condenar a la entidad a devolver a un accionista minoritario 52.000 euros (40.000 invertidos en acciones y 12.000 en participaciones preferentes) más los intereses legales.
El magistrado impone a la entidad la obligación de devolver la suma reclamada al demandante, representado por el letrado Andrés Sanchis, por vicio contractual. En la sentencia a que ha tenido acceso LAS PROVINCIAS, el juez hace suyo el criterio de la Audiencia para pronunciarse sobre la nulidad en la suscripción de las acciones que pide el inversor. Así, recuerda que la nulidad por error en el consentimiento no exige la falsedad documental como premisa.
«Para la protección del inversor, en esta sede civil, a tenor de la normativa expuesta basta con que los datos inveraces u omitidos en el folleto, determinantes del a imagen de solvencia y económico-financiera de la sociedad, hubiesen sido esenciales y relevantes para la perfección contractual», reflejaron en su sentencia los magistrados de la sección novena de la Audiencia.
El argumento de los magistrados en el que se apoya el titular del juzgado de primera instancia para concluir que existió error en la prestación del consentimiento por parte del cliente son los datos «inveraces» que Bankia incluyó en su folleto de salida a Bolsa, en los que el demandante se basó para invertir 40.000 euros.
Con ello, la Audiencia de Valencia abría las puertas a un aluvión de demandas civiles de accionistas que buscarán recuperar su inversión con independencia de cómo termine el proceso penal de la Audiencia Nacional. La propia entidad estima que en las próximas semanas se multiplicarán las demandas, de ahí su decisión de aplazar la presentación de sus resultados anuales, prevista para el pasado lunes pero que fue pospuesta hasta que el FROB -fondo público que controla el 62% del capital de Bankia a través de su matriz, BFA- aclare cómo se repartirá la devolución de las sentencias condenatorias.
Sólo en la provincia de Valencia se calcula que podría haber 44.000 inversores que compraron acciones del banco en su salida a Bolsa. Debido a que la Audiencia de Valencia ha sido la primera en condenar al banco, las asociaciones de afectados recomiendan demandar en esta provincia, en la que Bankia tiene su sede social.