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Cómo confirmar el borrador de la Renta 2016 (2017) en tres pasos

Descubre cómo presentar el borrador tanto cuando la declaración te sale a devolver como a ingresar

LASPROVINCIAS.ES

Miércoles, 5 de abril 2017, 08:57

En este vídeo la Agencia Tributaria te muestra cómo confirmar el borrador de Renta 2016 en tres sencillos pasos. Si falta cualquier dato, puede incluirlo a través de Internet, por teléfono o personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria (en este último servicio, es obligatorio solicitar cita previa).

Para modificar el borrador por Internet o teléfono, es necesario acreditarse aportando alguno de los siguientes medios de identificación:

- NIF/NIE del titular, y del cónyuge si la declaración es conjunta y el número de referencia de ambos que se recibieron por SMS (TELÉFONO).

- Cl@ve PIN o certificado electrónico y NIF/NIE del titular, y número de referencia o Cl@ve PIN del cónyuge si la declaración es conjunta (sólo INTERNET).

Los cálculos y los datos fiscales se elaboran con la información que la Agencia Tributaria tiene de cada contribuyente en el momento de emisión de la carta o de identificarse el contribuyente al acceder al Servicio de tramitación de borrador / declaración (Renta WEB), por lo que pudiera no incluir toda la información de las rentas del contribuyente si ha habido modificaciones con posterioridad. Debe revisarse, en todo caso.

Si ocurriese esa circunstancia se generará un mensaje en Renta WEB, advirtiendo que falta algún dato, para que el contribuyente lo incorpore.

Una vez revisado, si procede incorporar o corregir algún dato, deberá realizarse una modificación del borrador (véase la pregunta anterior).

Si el borrador enviado o generado no tiene avisos, según resulte a ingresar o a devolver, puede presentarlo o confirmarlo por alguna de las vías que se indican en las preguntas siguientes:

¿Cómo presentar o confirmar el borrador A DEVOLVER?

Por Internet, entrando en "Renta 2016", en el Icono azul "Tramitación Borrador / Declaración (Renta WEB). Puede hacerlo con su NIF y con el número de referencia facilitado por la Agencia Tributaria o con la Cl@ve PIN o con certificado o DNI electrónico.

Por teléfono en el 901 200 345/91 535 68 13 (de lunes a viernes de 9 a 21 horas) ,siempre que el contribuyente, por el origen de sus rentas, se encuentre dentro del perfil de asistencia telefónica.

En los cajeros automáticos, banca electrónica o banca telefónica, o cualquier otro sistema no presencial de las entidades colaboradoras que prestan este servicio.

En cualquier oficina sita en territorio español de una entidad colaboradora autorizada (Bancos, Cajas de Ahorro o Cooperativas de Crédito), en la que el contribuyente tenga la cuenta señalada para la devolución.

En las oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas por las Comunidades Autónomas, Ciudades con Estatuto de Autonomía o Entidades locales.

¿Cómo presentar o confirmar el borrador A INGRESAR?

Con domiciliación bancaria del pago (hasta el 26 de junio de 2017):

Por Internet, entrando en www.agenciatributaria.es, Campaña de Renta 2016, pinchando en el Icono azul "Tramitación Borrador / Declaración (Renta WEB). Puede hacerlo con su NIF, su número de referencia, DNI o certificado electrónico o con la Cl@ve PIN.

Mediante llamada telefónica al 901 200 345/91 535 68 13.

En las oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas por las Comunidades Autónomas, Ciudades con Estatuto de Autonomía o Entidades locales, oa través de cita previa.

Sin domiciliación

Por Internet, entrando en www.agenciatributaria.es, Campaña de Renta 2016, pinchando en el Icono azul "Tramitación Borrador / Declaración (Renta WEB), o bien, en la Sede electrónica, si dispone de firma electrónica, ya sea mediante certificado electrónico o DNI electrónico. También puede presentar el borrador a ingresar, con su número de referencia, o utilizando la Cl@ve PIN.

En este caso es necesario previamente realizar el ingreso (mediante adeudo en cuenta o en efectivo) en una entidad financiera y obtener el NRC (Número de Referencia Completo). La entidad financiera realizará el cargo del importe indicado en su cuenta, proporcionándole a continuación el NRC, número que justifica el pago del impuesto.

El contribuyente podrá obtener el Número de Referencia Completo (NRC) de la entidad cola¬boradora de forma directa en sus oficinas.

Para obtener el NRC, una vez confeccionada la declaración,

Diríjase a su entidad financiera.

Ordene el pago de la cuota del IRPF 2016.

Aporte los siguientes datos:

Importe exacto de la cuota (con decimales)

Modelo de declaración: 100

Ejercicio: 2016

Período: 0A (cero A)

La entidad financiera realizará el cargo del importe indicado en su cuenta, proporcionándole a continuación el NRC, número que justifica el pago del impuesto. Ese NRC es el que debe consignar en la pantalla de presentación de la declaración.

También puede obtenerse el NRC a través de los servicios de banca electró¬nica que presten a sus clientes por alguna de las siguientes vías:

Por vía electrónica, utilizando un certificado electrónico reconocido emitido de acuerdo a las condiciones que establece la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, que resulte admisible por la Agencia Estatal de Administración Tributaria según la normativa vigente en cada momento.

O también por vía electrónica, mediante el uso del sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario (Cl@ve PIN), empleado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria para facilitar a las Entidades colaboradoras la identificación telemática de aquellos obligados tributarios y personas que así lo soliciten con ocasión del pago de sus deudas.

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