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Miércoles, 29 de marzo 2017, 12:53
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RentaWEB es el servicio de ayuda para tramitar y presentar la declaración de Renta, que aúna las ventajas de los dos principales servicios de ayuda que existían anteriormente, simplicidad del borrador y amplitud del Programa PADRE, que en la declaración de la Renta de 2016 (la que se hace en 2017) desaparece definitivamente. El contribuyente accede directamente al servidor de la AEAT y añade cualquier dato o renta, de forma que puede tramitar fácilmente su borrador/declaración para todo tipo de rentas.
No es necesario descargar un programa previamente y permite iniciar la declaración en un dispositivo y finalizar en otro.
Todos los contribuyentes pueden utilizar Renta WEB en Renta 2016, incluso los que obtengan rentas procedentes de actividades económicas.
En este vídeo la Agencia Tributaria explica qué es RentaWeb y cómo usar el programa.
Para qué sirve RentaWeb
Permite confeccionar la declaración de forma sencilla a todos los contribuyentes, porque permite la descarga de rentas procedentes de cualquier naturaleza e incorporar las que no se encuentren en poder de la Administración.
Permite además, a través del resumen de declaración, comparar en las unidades familiares cual es la opción más ventajosa de declaración.
¿Puedo obtener mi borrador y/o datos fiscales?
Dependiendo de cuál sea la fuente de obtención de sus rentas usted podrá obtener un borrador de declaración o datos fiscales, bien mediante su envío a su domicilio o a través de Renta WEB.
Si obtiene un borrador de declaración tendrá que revisarlo.
Si obtiene datos fiscales y está obligado a presentar declaración deberá confeccionar la declaración. La generación de un nuevo borrador, la modificación del previamente obtenido, si es necesario, así como la confección de la declaración podrá realizarse mediante la aplicación de Renta WEB.
Además el último borrador generado por cualquier vía (Correo o Renta WEB ) y no confirmado, se pone a disposición del contribuyente en el momento de volver hacer uso del servicio Renta WEB, dando la opción de recuperar el anteriormente generado o comenzar una nueva tramitación
Qué hacer con el borrador
Una vez obtenido el borrador de declaración, se deben revisar los datos personales (fechas de nacimiento, NIF, domicilio), los datos económicos y todos los avisos y errores de que dispone el borrador marcando la pestaña validar.
Si falta algún dato debe modificar los cálculos previos para añadirlo. La modificación es muy sencilla. Puede hacerlo por Internet a través del Servicio de tramitación del borrador / declaración (Renta WEB), o si reúne el perfil de atención telefónica, llamando por teléfono a la Oficina de atención al contribuyente (de lunes a viernes de 9 a 21 horas), 901 200 345 (accesible también a través del teléfono 91 535 68 13), siempre que se trate de las rentas susceptibles de asistencia telefónica. También puede pedir cita para que le atiendan en nuestras oficinas a partir del 11 de mayo. Podrá consultar los vídeos explicativos de cómo modificar el borrador, en el icono "Vídeos" de la página inicial de la campaña de Renta 2016.
Si aún no va a presentar el borrador, el servicio de Renta WEB le permite guardar las modificaciones que haga, y acceder posteriormente, y desde cualquier equipo a una Nueva declaración sin las modificaciones realizadas, o a Continuar con la declaración en la que realizó las modificaciones.
Puede obtener más información consultando el apartado de esta Ayuda Preguntas frecuentes sobre el borrador, en particular las preguntas ¿Qué se debe revisar en el borrador?, ¿Y si faltan datos en el borrador? y Modificación del borrador.
Si está de acuerdo con el borrador visualizado o recibido, puede confirmarlo efectuando así la presentación de su declaración del Impuesto sobre la Renta, marcando la opción presentar declaración.
¿Cómo puedo hacer la declaración?
Si la Agencia Tributaria ha puesto a su disposición sus datos fiscales, y usted está obligado a presentar declaración, podrá confeccionarla usted mismo en el Servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta WEB) del Portal de Renta 2016 de la Agencia Tributaria en Internet www.agenciatributaria.es. Primeramente usted tendrá que identificarse ante la AEAT: con certificado o DNI electrónico, Cl@vePIN o referencia. Entre los servicios disponibles seleccione Servicio Renta WEB y aportando los datos que faltan, bien contestando preguntas o añadiendo los datos adicionales necesarios podrá obtener el resumen de resultados y a partir de ahí presentarla.
También puede, siempre que tenga los requisitos exigidos llamar por teléfono a la Oficina de atención al contribuyente (de lunes a viernes de 9 a 21 horas), 901 200 345, o pedir cita para que le atiendan en nuestras oficinas a partir del 11 de mayo. Para ello necesitará pedir cita previa, por Internet o llamando al 901 22 33 44 o al 91 553 00 71 (lunes a viernes de 9 a 19 horas), del 4 de mayo al 29 de junio.
¿Puedo usar el programa PADRE?
En Renta 2016 las declaraciones se confeccionan únicamente con el servicio Renta WEB disponible en Internet. Tras acceder al servicio se comprueba que es como el anterior programa PADRE, incluso más sencillo ya que vendrán incorporados muchos de los datos de los de que dispone la AEAT, pudiéndose modificar o incluir otros.
Noticias sobre la Renta que debes conocer
Quién está obligado a hacer la declaración de la Renta
Qué es RentaWeb y cómo se usa para hacer la declaración
Número de teléfono para pedir cita previa
Documentación para llevar a la cita previa
Fechas para pedir el borrador
Cómo modificar el borrador de la declaración de Hacienda
Qué se debe revisar en el borrador
Dónde presentar la declaración si el borrador sale A DEVOLVER
Dónde presentar la declaración si el borrador sale A INGRESAR)
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