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Una mujer sale por la puerta de una oficina del SEPE. Eduardo Parra

Una mujer gana un juicio al SEPE y accede al subsidio de mayores de 52 años a pesar de no cumplir el requisito de cotización

El organismo le denegó la prestación porque le faltaban dos meses para cotizar el mínimo exigido

Mario Lahoz

Valencia

Martes, 25 de noviembre 2025, 00:28

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha fallado a favor de una mujer que vio como el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) le denegó el subsidio para mayores de 52 años al no contar con los dos años de cotización exigidos dentro los 15 anteriores a la solicitud, lo que se conoce como 'carencia específica'.

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Tal y como muestra la resolución, el tribunal recuerda que la demandante acreditaba 667 días cotizados en los últimos 15 años, frente a los 730 exigidos, lo que motivó la denegación por parte del organismo.

Sin embargo, este considera que el tiempo que estuvo sin cotizar no fue escogido de forma voluntaria, sino consecuencia de una situación familiar que la obligó a cuidar de sus padres, ambos con dependencia reconocida. Según recoge la sentencia, el padre tenía un grado de discapacidad del 88% y la madre un grado II de dependencia.

La mujer solicitó el subsidio un 25 de abril y el SEPE se lo denegó ese mismo día alegando que no cumplía la carencia específica. Tras la demanda el Juzgado de lo Social de Girona le dio la razón e hizo constar que la demandante estuvo fuera del mercado laboral entre 2010 y 2015.

El tribunal aplicó la conocida como 'doctrina del paréntesis' para dejar ese espacio en el que no pudo cotizar ya que sus circunstancias familiares justificaban retrotraer el cómputo de los últimos 15 años. Al ampliar este período, la mujer acumula 1.824 días cotizados, cumpliendo de forma clara con el mínimo exigido por el SEPE.

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A pesar de que el organismo insistió en que la demandante no cumplía con los requisitos legales, el TSJ fue claro y no estuvo de acuerdo con «penalizar por duplicado a la mujer que, además de perder períodos de cotización por cargas familiares, se ve excluida incluso del derecho a un subsidio de desempleo».

La Sala añade que es obligado incluir la perspectiva de género cuando existen diferencias objetivas en el impacto de la norma. Así, concluye en que el SEPE actuó de forma incorrecta al no valorar el peso que tuvo el cuidado de los padres dependientes en la falta de cotización.

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