Educación recurre la sentencia que le obliga a atender a un niño con parálisis
Un juzgado falló a favor de un menor con daño cerebral de Utiel-Requena que requiere un educador, un pupitre adaptado y fisioterapia
D. GUINDO
Martes, 8 de marzo 2016, 00:19
valencia. Vulneración del derecho fundamental a la igualdad y a la no discriminación, y del derecho a la educación. Estos motivos sustentaron el recurso judicial que tuvo que interponer una familia de la comarca de Utiel-Requena por la «inactividad» de la Conselleria de Educación a la hora de adoptar medidas concretas para garantizar el derecho a la educación de un menor con parálisis cerebral. Después de analizar el caso, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Valencia falló a favor de la familia y condenó al departamento que dirige Vicente Marzà a cumplir el programa logopédico establecido en el informe psicopedagógico del pequeño, y a dotarlo de forma inmediata de un educador a tiempo completo, de un fisioterapeuta y de los medios materiales para necesarios, como un pupitre adaptado.
Sin embargo, la conselleria no parece demasiado conforme con la decisión del juez, por lo que la Abogacía de la Generalitat ha recurrido la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat, según confirmaron ayer fuentes del propio tribunal.
En el fallo, el juzgado también considera que Educación debe dotar el pequeño de material didáctico específico y fomentar su integración en el entorno escolar, así como facilitar su movilidad. Y, además, condena a la conselleria a hacerse cargo de las costas procesales.
Como ya informó LAS PROVINCIAS el pasado mes de octubre, los padres del niño, de cinco años de edad, habían presentado «numerosas reclamaciones» para que se dotara al centro al que asiste el menor de los medios educativos y materiales precisos para la atención del pequeño. La Conselleria de Educación desestimó, una tras otra, todas las solicitudes de la familia, pese a contar con un informe psicopedagógico que determinaba que el plan óptimo para el niño consistía en su ingreso en un centro ordinario con una atención especial.
Los padres, ante la incapacidad de obtener una respuesta satisfactoria por parte de la Generalitat, acudieron a la Justicia. Hasta la Fiscalía de Valencia llegó a intervenir en este asunto al dirimirse derechos fundamentales, y se mostró plenamente favorable a las pretensiones de los demandantes.
El ministerio público, en un informe elaborado por Manuel Campoy, consideró que el silencio que en su día adoptó la Conselleria de Educación «resulta discriminatorio por razón de discapacidad y vulnera la Igualdad de Trato y Oportunidades».
El escrito también recordó que corresponde a las administraciones garantizar un puesto escolar a los alumnos con discapacidad prestando atención a la diversidad de necesidades «mediante la regulación de apoyos y ajustes razonables».
Además, dejaba en mera excepción la escolarización de los afectados en dependencias especiales. Esto sólo se materializará en aquellos supuestos en los que el alumno no pueda ser atendido correctamente en un centro ordinario. Asimismo, siempre deberá tenerse en cuenta la opinión de los progenitores o tutores de los menores.
Los padres, en definitiva, reclamaban la puesta en marcha de las medidas necesarias para asegurar el desarrollo de su hijo.