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Ricardo Arias, durante el coloquio organizado por LAS PROVINCIAS ante la final de la Copa. iván arlandis

Competición no puede sancionar a Arias por hablar de «persecución» contra el Valencia al no estar federado

El embajador del club contra el arbitraje en la radio oficial de la entidad tras un gol anulado a Guillamón frente al Elche

Martes, 19 de abril 2022, 14:01

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Ricardo Arias, leyenda del Valencia y embajador del club, no se mordió la lengua el pasado 19 de marzo, en la radio oficial de la entidad, tras un gol anulado a Guillamón por fuera de juego de Foulquier durante el partido contra el Elche: «Venganzas en el deporte no se pueden permitir. Si un árbitro se planta y no quiere escuchar al VAR, lo hace. Aquí no ha tenido personalidad el colegiado. Muchas veces nos ha pasado al revés. Hemos ido a quejarnos y no han ido al VAR. A ver si se acaba esta persecución de una vez. Tenemos derecho a la queja. Vamos a quejarnos. Existe un contencioso contra la Federación pues se dice. A ver si hay justicia en el deporte».

Ante estas declaraciones, la Federación abrió un expediente a Arias el pasado 23 de marzo, a través del Comité de Competición, donde se nombró como instructor a Antonio García Alcaraz. Tras la instrucción, terminada el 4 de abril, la resolución es sorprendente porque a propia Federación admite, en el apartado Primero de los Fundamentos de Jurídicos, que no tiene potestad para sancionar al exfutbolista: «Ha quedado probado gracias a las actuaciones practicadas en el marco del presente expediente que el expedientado, el Sr. Penella Arias, carece de licencia federativa. En consecuencia, este Comité de Competición puede, dando por reproducida íntegramente la fundamentación jurídica que se contiene en la Propuesta de resolución formulada por el Sr. instructor, considerar correcta la propuesta de sobreseimiento del expediente. El Artículo 3 del Código Disciplinario de la RFEF dispone a este respecto que la RFEF únicamente ejerce la potestad disciplinaria sobre aquellas personas que se encuentran federadas, circunstancia que, como se ha dicho, no se da en relación con el expedientado».

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