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La casa consistorial. LP

Alaquàs bonifica el agua y la tasa de alcantarillado y recogida de basura a las rentas más bajas

El importe máximo puede llegar hasta los 70 euros por unidad familiar con el fin de paliar los efectos de la crisis sanitaria

redacción

Alaquàs

Martes, 12 de enero 2021, 22:24

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El Ayuntamiento de Alaquàs bonificará a partir de este año la tarifa municipal del agua y las tasas por la prestación del servicio de alcantarillado y de recogida de residuos sólidos urbanos (ecotasa) a las unidades familiares con rentas bajas empadronadas en el municipio. Se trata de una medida puesta en marcha para ayudar a las familias a hacer frente a la crisis económica generada por el Covid-19.

El plazo de presentación de solicitudes empezará el 15 de enero y finalizará el 15 de febrero de cada año y tendrá que pedirse cada año para su renovación. El importe de la bonificación variará en función de la tasa y el colectivo al que se pertenece.

En el caso del agua, se aplicará la tarifa de consumo prevista para el bloque 1 hasta los 36 metros cúbicos por trimestre y se bonificará en un 100% el canon por amortización y renovación de inversiones en los primeros 24 metros cúbicos por trimestre y en un 50% de los 24 hasta los 48.

Por lo que respecta a las tasas de alcantarillado y recogida de residuos sólidos (ecotasa), se bonificará el 100% de la cuota a las personas jubiladas y pensionistas durante los cuatro cobros trimestrales siguientes a la resolución y en el resto de colectivos se bonificarán 5 euros.

Para recibir esta ayuda hay que estar empadronado en el municipio y ser titulares de los contratos de suministro de agua potable o en su defecto, del contrato de alquiler de la vivienda para el cual se solicita, residir en la vivienda con una antigüedad mínima de seis meses anteriores a la fecha de la solicitud y tener unos ingresos anuales de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia que no superen los umbrales de renta establecidos en la ordenanza reguladora.

Además, para cada miembro de la unidad familiar o de convivencia con una discapacidad igual o superior al 33% y para el caso de familias monoparentales, se considerará una persona más a efectos del cálculo del coeficiente.

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