La Justicia declara nulo el despido de una empleada del hogar sin permiso de trabajo con apendicitis: tendrán que pagarle 15.406 euros y reincorporarla
La trabajadora, en situación irregular, fue despedida de forma verbal días después de ser operada
Mar Georga
Viernes, 5 de diciembre 2025, 01:06
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado nulo el despido verbal de una empleada de hogar que trabajaba en situación irregular y que fue cesada apenas unos días después de ser operada de apendicitis.
El tribunal concluye que el cese vulneró su derecho fundamental a la integridad física, motivo por el que la empleadora deberá readmitirla y abonarle 15.406,12 euros. De los cuales, 2.751,12 euros son de indemnización de extinción, 5.655 euros de salarios no devengados y 7.000 euros por daños morales.
La trabajadora, de origen guatemalteco, llevaba prestando servicios como interna desde el 1 de diciembre de 2022, cuidando a la madre de la empleadora. Pese a no tener permiso de trabajo ni estar dada de alta en la Seguridad Social, desempeñaba funciones de cuidado y acompañamiento.
Tras la operación de apendicitis, realizada el 3 de octubre de 2024, fue dada de alta hospitalaria el día 7. Pero antes de acudir a la retirada de suturas -programada para el día 11- recibió un despido verbal el 12 de octubre.
Qué ocurrió el día del despido: las conversaciones registradas en WhatsApp
El origen del conflicto quedó registrado en una conversación de WhatsApp, donde la empleadora evidenció el motivo del despido. Admitió que ponía fin al contrato porque no podía seguir faltando al trabajo por tener que cuidar a su madre mientras la trabajadora se recuperaba.
En los textos recogidos, la trabajadora preguntó: «lo que entendí a la mañana mamita, que me dijo que el contrato de trabajo lo dio por terminado usted verdad (…) y ya no me espero que me recuperará».
La empleadora le respondió: «no puedo esperar porque nosotros también trabajamos. Llevo desde el miércoles sin ir a trabajar». Además de: «Yo trabajo y mi madre es mi responsabilidad, la tengo que atender (…) Y creo que esa es la única solución».
La trabajadora lamentó la situación y dijo que «es porque me enferme y puesto me tuvieron que operar del apendicitis». Es por ello que, para el tribunal, se confirmaba la relación directa entre la enfermedad y el despido.
Por qué el TSJPV concede indemnización por daños morales
Tras fracasar la conciliación ante el SMAC, el caso llegó a los tribunales. El Juzgado de lo Social nº 12 de Bilbao declaró inicialmente el despido como nulo, pero no reconoció indemnización por daños morales.
Sin embargo, el TSJPV ha corregido este punto, aplicando la doctrina del Tribunal Supremo (STS 503/2023), y ha fijado una compensación adicional de 7.000 euros, recordando que los daños morales «son inseparables de la vulneración del derecho fundamental».
Noticias relacionadas
El tribunal subraya que, en casos de vulneración de derechos fundamentales, debe flexibilizarse el cálculo de la indemnización. Para ello, puede tomarse como referencia la la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS). La finalidad no es solo reparar el daño, sino incorporar un componente preventivo que disuada futuras vulneraciones.
Con esta resolución, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco deja claro que el despido de una trabajadora enferma —y más aún sin estar regularizada ni protegida por la Seguridad Social— constituye una violación directa de sus derechos.
La empleadora deberá reincorporarla y abonarle las cantidades fijadas, consolidando un precedente relevante en el ámbito de los derechos de las empleadas de hogar internas.