Confirmado: la empresa no tendrá derecho a elegir cuándo cogen vacaciones sus empleados
El minimo legal de vacaciones anuales retribuidas reguladas en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores son 30 días naturales retribuidos
Mario Lahoz
Valencia
Lunes, 7 de julio 2025, 00:36
La llegada de las vacaciones supone serias discusiones entre los empleados y los altos cargos de muchas empresas. En algunas ocasiones, y dependiendo del puesto laboral, los jefes determinan los días en que los trabajadores podrán disfrutar de las vacaciones, negando la posibilidad de que el empleado escoja cuando disfrutar de su periodo vacacional.
En España, el mínimo legal de vacaciones anuales retribuidas es de cuatro semanas completas, si el cómputo se hace en días hábiles son 22 días laborables. El derecho a las vacaciones está reconocido por el Estatuto pero no establece cuando pueden usarse esos días. Normalmente, en verano suele darse la discusión por tener los días de vacaciones deseados.
Si esta situación ocurre, el Estatuto de los Trabajadores decreta que los días de vacaciones «se fijarán de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones».
Deben pactarse entre empresa y trabajador, no puede ser una decisión unilateral acatada por una de las partes. Si la compañía impone fechas y prohíbe al empleado irse en los días que ya había solicitado por no estar de acuerdo, el empleado podrá acudir a los tribunales porque la ley exige que exista una negociación previa.
Si se da un desacuerdo entre ambas partes «la jurisdicción social fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible«. Antes de acudir a la Justicia se deberá tener en cuenta aquello que establece el colectivo en cuanto a la actividad profesional.
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