Los herederos pueden pagar el Impuesto de Sucesiones con el dinero del fallecido: cómo hacerlo según la ley
Una notaria aclara cómo funciona realmente este mecanismo y desmiente bulos
Mar Georga
Jueves, 9 de octubre 2025, 00:22
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones varía en función de la comunidad autónoma, del grado de parentesco, así como de la situación personal del destinatario. Una perspectiva que en algunos casos puede obligar a los herederos a tener que renunciar a su herencia por falta de liquidez.
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Ante este panorama, se ha viralizado la famosa 'cláusula de libre disposición', según la cual se podría utilizar el dinero depositado en las cuentas del fallecido para pagar el propio impuesto. Pero, ¿esta cláusula es real? ¿supone por extensión una exención fiscal? Con la ayuda de una notaria, desmentimos y ratificamos qué es verdad y qué ley recoge este procedimiento.
Lo que recoge y permite la ley
María Cristina Clemente Buendía, licenciada en Derecho y Diplomada en Ciencias Económicas y Empresariales, de la notaría Buendía, aclara en qué consiste esta normativa. "No se trata de ninguna novedad ni de una cláusula mágica: la ley ya permite que se empleen fondos de la herencia para pagar el impuesto, sin necesidad de incluir fórmulas especiales en el testamento", señala.
Por lo que esta posibilidad ya queda contemplada en la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, así como en su reglamento, que permite a los herederos utilizar los fondos del causante para liquidar el tributo antes de que se reparta la herencia. Con el objetivo de impedir que el bloqueo bancario imposibilite el pago a Hacienda dentro del plazo legal, las entidades financieras pueden autorizar el pago del impuesto con cargo a las cuentas del fallecido.
Lo que no incluye la cláusula
La única condición reside en que este dinero se destine única y exclusivamente a este fin y se acredite la condición de donatario. No obstante, en ningún momento este proceso implica que el importe del impuesto se reduzca o se eluda. Lo único que ofrece es una vía de liquidez inmediata para evitar que el heredero adelante su propio dinero.
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En definitiva, la inclusión de esta cláusula de manera expresa en el testamento puede agilitar el trámite y reducir las gestiones con el banco, pero no genera ningún derecho fiscal nuevo ni tampoco altera la carga tributaria. De este modo, la notaria María Cristina Clemente Buendía aclara que se puede utilizar el dinero del fallecido para pagar el Impuesto de Sucesiones, lo que es legal y viable, pero que de ningún modo esto elimina el tributo.
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