La jueza de la dana rechaza las peticiones de Cs: ni el rastreo de los móviles de los imputados ni un supuesto audio de À Punt
La instructora deja en manos de la cadena autonómica que aporte una hipotética grabación del Cecopi
Las diligencias de Ciudadanos, uno de los partidos políticos que ejerce la acusación popular en la dana, no han tenido éxito. La jueza encargada de ... la instrucción ha denegado todas las peticiones de la organización política. El partido, prácticamente desaparecido, trata de recuperar visibilidad durante esta instrucción. La acusación reclamó en su momento dos diligencias. Por un lado, la triangulación de los teléfonos de la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y del que fuera su número dos, el ex secretario autonómico Emilio Argüeso, quien fue, además, uno de los altos cargos de Cs en la Comunitat.
El objetivo de esta diligencia era establecer en cada momento el lugar en el que estuvieron los dos imputados durante toda la jornada de pasado 29 de octubre, aunque tampoco parece ser esta una cuestión que se ponga en duda. La instructora, no obstante, lo rechaza. Reitera los argumentos empleados ya en otras ocasiones para denegar investigaciones que supongan la vulneración de derechos fundamentales porque se están investigando delitos de carácter imprudente, en concreto el homicidio en su modalidad de comisión por omisión.
La segunda de las cuestiones era la solicitud a À Punt de una supuesta grabación de audio de una cámara que estuvo en la sala del Cecopi, la reunión clave de emergencias en la fatídica tarde del 29 de octubre. La realidad es que se desconoce si existe esa pieza de audio. La instructora recuerda que en el procedimiento ya constan las grabaciones de los programas emitidos por la televisión autonómica.
«La posibilidad de aportación al proceso dependería de la voluntad de aportación al medio periodístico. No es factible acceder a los archivos de cualesquiera grabaciones que se pudieran haber obtenido por los medios. Entraría dentro del secreto profesional de los medios reconocido constitucional y jurisprudencialmente», sostiene el auto de la magistrada.
En cualquier caso, aclara la resolución, se desconocen las circunstancias en que se produjo la eventual grabación, si el periodista o el camarógrafo estaba junto a la cámara, por lo que no es admisible el requerimiento pretendido.
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