Educación endurecerá los requisitos para mantener el concierto en Bachillerato y FP
La conselleria exigirá que las aulas tengan al menos 25 alumnos en lugar de 20 y se reserva la posibilidad de bloquear el acceso a ciclos profesionales
JOAQUÍN BATISTA
Sábado, 3 de diciembre 2016, 20:18
La conselleria ya tiene el borrador de la normativa que recoge las nuevas condiciones para crear y renovar conciertos educativos, tanto en las enseñanzas obligatorias como en las postobligatorias: FP y Bachillerato. Y en estas últimas los criterios son más restrictivos que los heredados del PP, tanto en el mínimo de alumnos que se exigirán para mantener las aulas conveniadas como en las condiciones que se plantean para la admisión en ciclos de Formación Profesional.
El borrador recuerda que se extinguirán una vez finalice el plazo vigente, fijado a 31 de agosto de 2017, por lo que los titulares de los centros que quieran renovarlos (o pedirlos por primera vez) deberán trasladar su solicitud a principios de año. En Bachillerato será necesario que la primera unidad de cada curso tenga al menos 25 alumnos, una ratio que hasta ahora se situaba en 20, mientras que en Formación Profesional se fija en 17 por regla general y en trece en el caso de algunos estudios. Son los mismos parámetros que los vigentes en la actualidad.
Los centros deberán mantener estas condiciones para evitar que la administración opte por desconectar las etapas del sistema de conciertos. En cuanto al resto de aulas que las conforman, tendrán que disponer de una demanda similar a la ratio media de los centros públicos de las inmediaciones o la localidad, como prevé la legislación estatal.
En la FP se incluye una cautela adicional. En una disposición adicional, el borrador señala que aquellos estudios con menos de seis solicitudes de ingreso en el turno ordinario de la admisión no deberán continuar con el proceso y no se adjudicarán las plazas, iniciando el procedimiento para la supresión del concierto del ciclo formativo en cuestión. Además, si en el momento de la matrícula el total no llega a 15, incluyendo la fase extraordinaria en la que los inscritos en las listas de espera eligen otros centros, se podrá proceder también a la eliminación del concierto. Los matriculados en el estudio afectado, el que no llegue a 15, quedarán a expensas de lo que determine la conselleria: puede derivarlos a otros ciclos de Formación Profesional e incluso al curso de Educación Secundaria Obligatoria que corresponda.
En cualquier caso, si a un colegio se le deniega la renovación del concierto singular (el propio de la postobligatoria), se acordará una prórroga de un solo año para garantizar que el alumno que ya cursaba sus estudios en el mismo acabe la etapa sin que le afecte el cambio.
De la normativa se desprende que pese al endurecimiento de las condiciones seguirá existiendo la concertación postobligatoria, lo que implica que la promesa electoral de Compromís de eliminarla progresivamente se ha dejado de lado. Eso sí, el borrador es compatible con la idea de recurrir a la concertación sólo cuando la oferta pública de Bachillerato y FP no cubra la demanda, pues se deja claro que la administración establecerá todos los años en qué municipios o zonas de influencia es necesario impulsar nuevos conciertos singulares.
Además, se fijará un orden de prioridad en función de las características de los centros, y se les dará una preferencia especial a los que ya dispusieran de estudios postobligatorios concertados, a aquellos que tengan una mayor proporción de alumnos en condiciones económicas desfavorables, a los que efectúen experiencias de interés pedagógico o a aquellos que tengan un mayor número de alumnos que pertenezcan a la zona donde se ubica el colegio. Como ya sucedía, también se discriminará de manera positiva a las cooperativas.