El Ayuntamiento de Valencia ordena el cese de actividad al hostal clandestino del barrio de Mestalla
La orden indica a los propietarios que si no cumplen con el requerimiento la Policía Local precintará el local
Los vecinos del barrio de Mestalla volverán a descansar tranquilos. El Ayuntamiento de Valencia ha enviado una notificación oficial de cese de actividad al hostal que desarrollaba su actividad sin la licencia reglamentaria ... . Desde el Consistorio han explicado es dicho local clandestino que deberá cesar en el ejercicio de su actividad de manera voluntaria, o será la Policía Local quien precinte las habitaciones y el local conflictivo.
Vecinos de la calle Finlandia, calle Alginet, calle Pintor Ricardo Verde, calle Amadeo de Savoya, avenida Aragón y avenida Suecia se unieron para denunciar que en la primera vía mencionada un hostal clandestino (sin licencia de actividad aprobada) genera numerosas molestias al entorno. «Los huéspedes consumen alcohol y fuman sustancias ilegales en plena vía pública, generando un ambiente hostil e insalubre», aseguraron a este periódico los residentes de la zona. De hecho, según ha podido comprobar este periódico, en el último año los agentes han sido requeridos en la zona más de una veintena de veces.
En este sentido, desde la conselleria de Turismo (encargada de las licencias y administración competente en la vigilancia de actividad de este tipo de establecimientos) se les había denegado hasta en dos ocasiones la licencia de actividad. Sin embargo, los propietarios del local iniciaron un contencioso-administrativo ante los juzgados para seguir operando mientras se resuelve la situación por la vía judicial. De este modo, la conselleria de Turismo tiene las manos atadas para obligar al cierre del local conflictivo.
Pues bien, ante las dificultades que viven con los vecinos por las incomodidades que produce el local, el Ayuntamiento de Valencia ha decidido actuar. Desde el Consistorio han emitido una notificación que indica lo siguiente: «El artículo 5.a) de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención de Contaminación y Calidad Ambiental establece: 'Los titulares de las actividades incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley deberán disponer de la autorización ambiental integrada o la licencia ambiental, o haber efectuado la declaración responsable ambiental o comunicación de actividades inocuas».
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Además, desde el Ayuntamiento recuerdan que el articulo 77 de la Ley y 6/2014, de 25 de julio establece el ayuntamiento de la localidad donde se ubique un local conflictivo podrá tomar las medidas cautelares oportunas mientras se resuelve el conflicto que genere su situación (en este caso, no tener aprobada la licencia). Así pues, desde el Consistorio han notificado a los propietarios «que en el momento de la notificación ejerza o resulte ser persona arrendataria o titular de la expresada actividad, por las razones expuestas en los hechos y fundamentos de derecho de la presente resolución, otorgando a tal efecto plazo máximo de 48 horas desde la entrega de la notificación».
Además, el Consistorio avisa que en caso de que el propietario no obedezca ante la orden emitida desde el Ayuntamiento, la Policía Local procederá a precintar el local hasta que se resuelva en los juzgados la situación. De hecho, la notificación recuerda que en el hecho de desobedecer a las autoridades y seguir operando mediante la rotura de los precintos podrá ser una actitud constitutiva de delito, lo que sería puesto por el Ayuntamiento en conocimiento del juzgado competente a los efectos oportunos.
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