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El condenado durante otro juicio esta semana por hechos similares sobre la misma víctima. I. Cabanes

Rebajan de 28 a 2 años la pena al acusado de maltratar, vejar y violar a su expareja

La Audiencia de Valencia le absuelve de las agresiones sexuales pese al testimonio del hijo de la víctima, que se asomó al escucharla gritar

Ignacio Cabanes

Valencia

Sábado, 12 de julio 2025, 18:31

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Un maltratador reincidente de Puçol, que esta semana tenía que ser juzgado de nuevo por agredir y violar a su expareja tras quebrantar la orden de alejamiento, ha sido condenado a solo dos de los 28 años de prisión a los que se enfrentaba por dos delitos de agresión sexual, lesiones en el ámbito familiar, malos tratos habituales, amenazas leves y vejaciones injustas. La Audiencia Provincial de Valencia, y ahora el TSJCV -que ha desestimado el recurso interpuesto por la acusación particular–, no considera probadas las dos agresiones sexuales (once años de cárcel por cada una) pese a que el hijo de la víctima corroboró con su testimonio el relato de su madre.

Además de ser testigo de las discusiones habituales e insultos del acusado hacia su madre -hechos que sí han quedado acreditados-, el joven declaró que en una ocasión se asomó por la cortinilla, por los gritos de su madre, y vio al procesado sobre ella. El testigo pensó que «se estaba sobrepasando» y que no era sexo consentido.

Pese a ello, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia considera que el testimonio de la víctima no cumple con los criterios para ser prueba suficiente para enervar la presunción de inocencia del acusado respecto de las dos agresiones sexuales por las que se enfrentaba a 22 años de cárcel. Por un lado argumenta que no se da el requisito de incredibilidad subjetiva, ya que la víctima incurre en bastantes contradicciones en las diversas declaraciones que ha que realizado a lo largo de la causa, como así hizo ver el letrado de la defensa, Jorge García-Gasco.

Tampoco cumple el requisito de verosimilitud, al no aportar detalles, según recoge la sentencia, por lo que al tribunal «le plantea dudas». Y respecto a las corroboraciones periféricas, el ponente señala que «no deja de ser cuanto menos, chocante, que un hijo de 22 años ve a su madre que la están agrediendo sexualmente y no hace nada para ayudarla, ni siquiera preguntarle si va todo bien, simplemente se mete en su habitación».

En cuanto a las lesiones que presentaba la víctima, la sentencia atribuye el pequeño desgarro anal a la posibilidad, planteada por el forense, de que fuera producto de deposiciones duras o hemorroides, aunque el especialista matizó que «no se puede descartar el origen de la misma como penetración anal».

De esta forma, se le condena únicamente por un delito de lesiones, por el episodio violento de septiembre de 2022, por el parte de lesiones que tenía la mujer -pero no por la posterior agresión sexual que relata–, así como por un delito continuado de amenazas leves, con la agravante de reincidencia, y otro vejaciones injustas continuadas, por humillarla y amedrentarla, con expresiones tales como «puta, loca de mierda, chupa pollas, te voy a poner en fila en la puerta de todos los hombres a los que te has follado, te voy a chafar la cabeza, te voy a matar».

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