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Lo que muchos trabajadores hacen mal cuando están de baja, según un abogado laboralista

Ignacio de la Calzada ha abordado de forma clara cuáles son los errores más comunes al enfrentarse a una incapacidad temporal

Miércoles, 21 de mayo 2025, 00:10

Cuando un trabajador se enfrenta a una baja médica, las dudas sobre qué cantidad va a percibir y cómo se calcula esa prestación son muy frecuentes. Ignacio de la Calzada, abogado especializado en Derecho Laboral, ha querido despejar muchos de estos interrogantes a través de un vídeo en su cuenta de TikTok (@laboral_tips), donde ha abordado de forma clara cuáles son los errores más comunes al enfrentarse a una incapacidad temporal.

Según advierte el letrado, una de las creencias más extendidas entre los empleados es que durante el periodo de baja «se eliminan los complementos y los pluses» del salario habitual. Sin embargo, esto no es correcto. Tal como explica, «los pluses y los complementos» sí se tienen en cuenta en la retribución, por lo que su exclusión es uno de los errores más frecuentes. «Este es el error más habitual cuando estáis de baja médica, pensar que se os quitan complementos y pluses», señala.

¿Qué se cobra realmente durante la baja?

Una de las claves que matiza De la Calzada es que, durante la baja, el trabajador no está percibiendo su salario como tal, sino una prestación por incapacidad temporal. «No estás cobrando el sueldo, estás cobrando la prestación de incapacidad temporal», puntualiza. Y, para determinar esta prestación, no se toma como referencia el sueldo base ni los pluses individualmente, sino la base reguladora.

Esta base reguladora se extrae de la nómina del mes anterior a la baja y se obtiene dividiendo la base de cotización entre 30. En dicha base se incluyen todos los conceptos salariales, por lo que sí contempla los complementos y pluses que el trabajador recibe habitualmente.

El tipo de contingencia también influye en el cálculo: si la baja se debe a una enfermedad común, se aplica la base de cotización por contingencias comunes; en el caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, se toma como referencia la base de cotización correspondiente a contingencias profesionales.

En ambos casos, se efectúa un cálculo diario. De hecho, el abogado detalla que no todos los días se cobra lo mismo y que hay que tener en cuenta diferentes tramos:

- Días 1 a 3: no se percibe cantidad alguna.

- Del día 4 al 20: se cobra el 60% de la base reguladora diaria.

- A partir del día 21: se incrementa hasta el 75%.

«Para hacer el cálculo es muy sencillo. Divides la base reguladora entre 30, restas los 3 primeros días. Del día 4 al 20 coges 60% de esta y del 21 en adelante, si quieres calcular el mes hasta el día 30, el 75%, y eso va a ser lo que cobres en la baja», concluye.

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