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Una piscina en una imagen de recurso. LP

La ley aclara si un vecino puede negarse a pagar derramas de piscina si no la utiliza

Requiere una serie de gastos para su mantenimiento que corren a cuenta de los propietarios

A. Pedroche

Martes, 17 de junio 2025, 01:34

Este año las altas temperaturas han llegado más temprano que nunca. Según la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) los registros de junio han sido inusuales para esta época del año. Ante este escenario los ventiladores y aires acondicionados se vuelven indispensables para sobrellevar el bochorno en el interior de la vivienda. También hay quien instala un toldo en su balcón para intentar que el sol caliente su casa lo menos posible. Luego también hay un pequeño grupo de personas que cuenta con una piscina en su comunidad de vecinos, un privilegio muy cotizado durante los meses de verano. Sin embargo, con su uso surgen los gastos extraordinarios habituales, como pueden ser las derramas destinadas a cubrir imprevistos o necesidades de mantenimiento.

En muchas ocasiones, las piscinas también son un motivo de disputa entre propietarios. Hay quien no suele utilizarla y quiere dejar de pagar las derramas porque considera que es «injusto». ¿Qué dice la ley al respecto? Según el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) todos los propietarios, usen o no las instalaciones comunes, deben contribuir a los gastos derivados de su mantenimiento o reparación. Algunos de estos dispendios son la limpieza y el tratamiento del agua, la reparación de filtros o averías y el seguro de responsabilidad civil sin el que está prohibido abrir la piscina para el baño de residentes.

La ley considera que estos gastos garantizan la conservación del inmueble, lo que beneficia al conjunto de la comunidad. Desde el despacho de Legalitas aclaran: «No usar un elemento común por voluntad propia, no exime del pago». Sin embargo, existen dos excepciones a esta regla.

Si los estatutos de la comunidad lo establecen expresamente, mediante una modificación aprobada por la Junta de Propietarios, aquellos vecinos que no quieran usar la piscina pueden no pagar las derramas destinadas a la misma. El otro supuesto es el gasto sea individualizable, es decir, puede repartirse de forma justa entre quienes lo utilizan, como sucede con el consumo de luz en un local privado.

En caso de no cumplirse alguna de estas dos condiciones, negarse a pagar tiene consecuencias. En primer lugar, prohibir al moroso el paso a las instalaciones de la piscina. Esta norma modifica la Ley 49/1960 del 21 de julio sobre propiedad horizontal que dice: « La Junta de propietarios podrá acordar medidas disuasorias frente a la morosidad por el tiempo en que se permanezca en dicha situación, tales como el establecimiento de intereses superiores al interés legal o a la privación temporal del uso de servicios o instalaciones siempre que no puedan reputarse abusivas o desproporcionadas o que afecten a la habitabilidad de los inmuebles».

También puede derivar en acciones legales por parte de la comunidad, incluso en un embargo de bienes. Sin embargo, esos casos son extremos y no suelen producirse. Lo normal es llegar a un acuerdo entre vecinos y que los morosos terminen cediendo aunque no vayan a usar la piscina.

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