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Varios balcones con toldos en una comunidad de vecinos, imagen de archivo. Colpisa

La ley aclara si es legal instalar un toldo en el balcón sin el consentimiento de los vecinos

Es una opción muy habitual para mantener la casa fresca en los meses calurosos

A. Pedroche

Miércoles, 21 de mayo 2025, 00:07

El verano está a la vuelta de la esquina. Las altas temperaturas se dejarán notar en breve. Durante los últimos años, de manera casi habitual, en España hemos superado los 40 grados en varios días de julio y agosto. Frente a este escenario, los aires acondicionados y ventiladores se convierten en aliados imprescindibles. Sin embargo, hay quien busca proteger su casa del sol y decide instalar un toldo en su balcón o terraza. Es una manera muy eficaz de que el calor no entre de manera directa en la vivienda. Esto suele ser un tema de discusión habitual entre vecinos. Hay quien se queja y genera problemas entre propietarios. Por ello, muchos se preguntan si es necesario contar con la aprobación de la comunidad para poder instalar un toldo o una pérgola en casa.

Está regulado en la Ley de Propiedad Horizontal. En su artículo 7.1 se indica que los propietarios no podrán modificar elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios en caso de que esta alteración menoscabe o altere la estructura general del edificio, o bien su configuración o estado exteriores. Lo mismo pasa cuando afecta a los derechos de otros propietarios «debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.» Por lo tanto, si la obra afectase directamente a un vecino (como por ejemplo el arreglo de una gotera) hay que informar al presidente de la finca o a la administradora.

A la hora de instalar un toldo hay que tener en cuenta qué dicen los estatutos de la comunidad de vecinos. Ahí deberían reflejarse ciertas pautas como las dimensiones, el tamaño o el color. En ese caso podrás hacer la instalación sin ningún problema. En caso de que no exista ninguna normativa estatuaria al respecto, es necesario el beneplácito de la junta de propietarios antes de realizar la instalación. Normlamente es necesaria una mayoría de al menos 3/5 del total de propietarios que, a su vez, representen las 3/5 partes de las cuotas de participación.

Por otro lado, es importante cumplir con la normativa municipal. La LPH indica, en su artículo 10.3 b., que este tipo de intervención estará sujeta al régimen de autorización administrativa que corresponda, «cuando así se haya solicitado, y de acuerdo con el régimen establecido en la legislación de ordenación territorial y urbanística, previa aprobación por la mayoría de propietarios que en cada caso proceda de acuerdo con esta Ley».

También hay que tener en cuenta que lo más probable es que una empresa se tenga que encargar de la instalación. Es más fácil garantizar el cumplimiento de la normativa comunitaria, local, estatal y europea. De lo contrario, es posible que el Ayuntamiento no te conceda la licencia necesaria para la instalación.

Consecuencias de instalar un toldo sin permiso

No cumplir con los pasos mecionados anteriormente puede suponer reclamaciones por parte de la junta, así como a denuncias administrativas o civiles que busquen una sanción y la restauración del inmueble a su estado original.

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