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Qué es la nueva ley Trans: sus principales puntos y qué significan

El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de ley para la igualdad real y efectiva de las personas Trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI

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Martes, 29 de junio 2021, 10:31

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El Gobierno aprueba este martes 29 de junio, en el Consejo de Ministros, el anteproyecto de ley para la igualdad real y efectiva de las personas Trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, en el que, tras un acuerdo entre los socios del Ejecutivo, se permitirá la rectificación de nombre y sexo de las personas trans en el Registro Civil a partir de los 14 años.

Concluye así una negociación que comenzó el pasado marzo, cuando el Ministerio de Igualdad hizo público el texto que había redactado con el objetivo de «despatologizar» al colectivo y eliminar los trámites que en la actualidad se les exigen para realizar este trámite: informe médico que les diagnostica una disforia de género y tratamiento hormonal durante dos años.

Tal y como informaron a Europa Press fuentes de Igualdad, el anteproyecto recoge que el proceso para la rectificación registral se iniciará mediante la comparecencia de la persona interesada en el Registro Civil -este paso también se puede hacer online- en donde se le hará entrega del formulario que recogerá su manifestación de disconformidad con el sexo mencionado en su inscripción de nacimiento y su solicitud de que se proceda a la correspondiente rectificación.

En este documento se deberá incluir la elección de un nuevo nombre propio, salvo cuando la persona quiera conservar el que ostente y ello sea conforme a los principios de libre elección del nombre propio previstos en la normativa reguladora del Registro Civil.

En esta comparecencia inicial, la persona encargada del Registro Civil informará a la persona solicitante de las consecuencias jurídicas de la rectificación pretendida, incluido el régimen de reversión, así como de la existencia de las medidas voluntarias de apoyo que estén a disposición de la persona solicitante a lo largo del procedimiento, incluyendo medidas de protección contra la discriminación, promoción del respeto y fomento de la igualdad de trato.

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Igualmente, pondrá en conocimiento de la persona legitimada la existencia de asociaciones y otras organizaciones de protección de los derechos en este ámbito a las que puede acudir.

En el caso de los menores entre 14 y 18 años, todos los intervinientes en el procedimiento deberán tener en consideración en todo momento el interés superior de la persona menor. El texto indica, en este sentido, que la persona encargada del Registro Civil le facilitará la información sobre las consecuencias jurídicas en un lenguaje claro, accesible y adaptado a sus necesidades.

Tras suscribir la persona solicitante que está conforme, deberá ser citada de nuevo en un plazo máximo de tres meses para comparecer de nuevo en el Registro Civil y ratificar la solicitud, aseverando la persistencia de su decisión.

Firmada y presentada la solicitud se dictará resolución sobre la rectificación registral solicitada dentro del plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de la segunda comparecencia. Es decir, el proceso completo para el cambio de sexo duraría un máximo de cuatro meses.

Las mismas fuentes del Ministerio han destacado también la inclusión de medidas en la norma para garantizar los derechos de las personas intersexuales, o que las parejas lesbianas no necesiten estar casadas para aparecer ambas mujeres como madres de un bebé. Además, prohíbe las terapias de recoversión.

Este anteproyecto recoge, aunque no completamente, algunas de las medidas que la Federación Estatal de Gais, Lesbianas, Transexuales y Bisexuales (FELGTB), la Fundación Triángulo y 'Chrysallis', asociación de familias de menores trans, trasladaron al Gobierno en una reunión que mantuvieron a principios de este mes de junio.

Tal y como explicaron a los medios en rueda de prensa, se propuso, como seguridad jurídica a la autodeterminación, establecer un plazo máximo de tres meses para completar el proceso de cambio registral (que en la actualidad es de unos tres años), así como que la autodeterminación fuera posible para menores hasta los 12 años, mientras que los niños con menos edad pasaría por una primera fase de cambio de nombre únicamente.

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Además, no se oponían a la unión de las dos normas, como proponía el PSOE, siempre que se mantuviera el «nombre de las personas trans por delante».

En una posición muy diferente se encuentran las organizaciones trans, que considera que el Ejecutivo se ha «cargado» la ley que garantizaba los derechos de su colectivo y pedían que se tramitara de forma individual.

Tal y como ha denunciado la Federación Plataforma Trans, el Gobierno está «incumpliendo» su acuerdo, que hablaba de desarrollar dos leyes y considera que han «dejando en el limbo a las personas trans» y a los menores, al «excluir» a los de menos de 14 años de la posibilidad de realizar el cambio registral, así como al colectivo de no binaries, o a las personas trans migrantes.

En resumen

Autodeterminación de género

El borrador planteado por el Ministerio de Igualdad que dirige Irene Montero (Unidas Podemos) plantea que cualquier persona mayor de 16 años puede cambiar el nombre y el sexo en el DNI sin necesidad de que medie ningún informe jurídico o médico, más allá de la simple voluntad de hacerlo. Para ello, solo habría que acudir al registro civil del municipio y realizar el trámite administrativo. En el citado documento no se especifica si esta acción se podría realizar todas las veces que una persona quisiera. En l actualidad (tras la ley de 2007), el cambio de nombre y sexo se puede hacer sin necesidad de una operación, pero sí debe existir un informe psicológico que determine la 'disforia de género' del paciente, además de haber estado en tratamiento al menos dos años.

Cambio de género en menores

Si la nueva ley de aprobase, este cambio de nombre y sexo lo podrían realizar los menores de edad (entre 16 y 18 años) sin autorización de sus progenitores prestando el llamado 'consentimiento informado'. Entre los 12 y los 16 años también se podría hacer el cambio, aunque en este caso sí se requiere autorización.

Tratamientos hormonales con menores

El borrador plantea que se puedan empezar a usar bloqueadores hormonales desde el inicio de la pubertad para evitar el desarrollo de los pechos o de la barba. Con posterioridad se podría acceder al tratamiento hormonal cruzado (testosterona para chicos transexuales y estrógenos para chicas transexuales)

Personas no binarias

Esta nueva ley reconoce la realidad de las personas no binarias, es decir, aquellas que no se identifican con ningún género. En el DNI no aparecería ninguna letra.

Deporte

El borrador deja claro que las personas trans podrán participar en los eventos deportivos atendiendo a su sexo registral tras su cambio legal.

Reproducción asistida

El documento del Ministerio avanza que las «personas con capacidad de gestar» podrán recurrir a la reproducción asistida financiada por la Seguridad Social, independientemente de su género.

Sin retroactividad

Ninguna de estas normativas serán retroactivas, aunque sí inherentes a su nueva condición.

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