Procedente el despido de una teleoperadora que en dos meses hizo 1.500 llamadas pero ninguna acabó en venta
La empresa también argumentó que utilizaba el ordenador para realizar cursos online o compras en Amazon o Carrefour
JZ
Sábado, 11 de octubre 2025, 00:07
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado el despido disciplinario de una trabajadora que tenía más de siete años de antigüedad en una empresa de televenta. La empleada ya había presentado una demanda que fue desestimada por el Juzgado de lo Social n.º 4 de Bilbao y ahora el TSJ ha vuelto a confirmar que la medida es procedente.
Esta mujer estaba contratada como televendedora y tenía una retribución bruta de 30.615,83 euros anuales, establecida por el Convenio Colectivo de Enseñanza y Formación no Reglada. Fue despedida el 8 de marzo de 2024 principalmente por tres motivos: disminución del rendimiento continuada y voluntaria, transgresión de la buena fe contractual y faltas de puntualidad reiteradas.
Según la empresa, la trabajadora no había concretado ninguna venta entre enero y febrero de 2024 pese a haber tenido 1.500 llamadas comerciales. También alegaron que usaba el ordenador para compras en plataformas como Amazon o Carrefour y realizar cursos online. También que fumaba en la oficina y se ausentaba sin registrar su salida.
En la carta de despido explicaban que tenía retrasos de más de dos horas que suponían un incumplimiento grave de sus funciones. El Juzgado de lo Social n.º 4 de Bilbao en diciembre de 2024 desestimó la demanda de y declaró el despido procedente.
La empleada recurrió ante el TSJ señalando que no estaba probada la disminución de su rendimiento y que no había comparación objetiva con otros vendedores. Sin embargo, el Tribunal Superior sí que dio por válidos los argumentos del Juzgado de lo Social y consideró que había incumplido tareas esenciales de su puesto.
La Sala también apuntó que no había indicios de tolerancia previa por parte de la empresa, por lo que no era válido el recurso de que se trataban de comportamientos reiterados. Por lo tanto, se declara el despido procedente.