Las empresas están obligadas a dar una retribución extra a los empleados que trabajen festivos
El Estatuto de Trabajadores detalla las medidas que el trabajador puede tomar en caso de que no perciba un pago extra o un descanso adicional
Mar Georga
Sábado, 19 de julio 2025
A pesar de que el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores así lo señala, todavía existen empresas que no remuneran como es debido a sus empleados, concretamente a todos aquellos que se ven obligados a trabajar los días festivos. Y es que el segundo punto de dicho artículo reza lo siguiente: «Las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales. En cualquier caso, se respetarán como fiestas de ámbito nacional las de la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de mayo, como Fiesta del Trabajo, y 12 de octubre, como Fiesta Nacional de España».
Las empresas que incumplan esta ley podrán enfrentarse a multas de entre 751 y 7.500 euros
Esta ley implica que los empresarios están obligados a ofrecer una retribución extraordinaria o a una compensación en modo de descanso adicional a todo aquel empleado que trabaje durante los días festivos señalados. Además, tampoco pueden imponer de forma unilateral que el trabajador acuda a su puesto de trabajo en días festivos. No obstante, sí que puede suceder que el trabajo en días festivos esté justificado por razones organizativas o que se haya señalado previamente en el contrato o en el convenio colectivo. En este caso, la empresa no solo puede justificar el trabajo en días festivos sino que el empleado estaría obligado a acudir a su puesto, ya que en caso contrario estaría incumpliendo su responsabilidad laboral.
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Tal y como señala el Estatuto de Trabajadores, ante una vulneración de sus derechos, el afectado puede presentar una reclamación ante la Inspección de Trabajo. Siempre y cuando la cláusula sobre los días festivos nacionales y regionales no se hubiese pactado previamente en el contrato o en el convenio, y que el trabajador estuviese coaccionado a trabajar en días festivos sin recibir una retribución, en forma de paga extra o de descanso adicional. En estos casos las empresas pueden enfrentarse a multas de entre 751 y 7.500 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción y de si ha habido reincidencia.