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Un bombero forestal lucha contra el fuego en Carcaixent. :: efe
Nueve de cada diez urbanizaciones carecen del plan contra incendios exigido por la ley

Nueve de cada diez urbanizaciones carecen del plan contra incendios exigido por la ley

La falta de planificación dificulta la labor de los bomberos, que deben desviar medios de extinción para proteger a vecinos y viviendas

JUAN SANCHIS

Viernes, 15 de julio 2016, 00:04

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Los incendios forestales ya no sólo son un peligro para los montes. La proliferación de urbanizaciones sin ningún tipo de medida de protección en los límites con las zonas de monte se ha convertido en un riesgo no sólo para los residentes y propiedades de las viviendas sino también para los equipos encargados de la extinción del fuego.

La inmensa mayoría de estas urbanizaciones que se encuentran en lo que se conoce interfaz urbano-forestal no cuentan con medidas de protección, pese a que la legislación es taxativa en este aspecto. Así lo ha denunciado el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales y Graduados en Ingeniería Forestal y del Medio Natural, que resalta que la gran mayoría no cuentan con los planes exigidos por ley.

Precisamente las urbanizaciones de la Comunitat son las que se encuentran en una peor situación pese al alto riesgo de incendios que existe en la autonomía cada verano y en especial en circunstancias como las actuales, con una sequía que se arrastra desde hace varios años y con abundante monte abandonado sin una gestión racional.

Según señala Juan Manuel Botella, delegado territorial del Colegio Oficial en la Comunitat, al menos nueve de cada diez urbanizaciones carecen del Plan de Autoprotección previsto en el Plan Especial frente al Riego de Incendios Forestales (PEIF).

Botella señaló que con la ausencia de estos programas el peligro se incrementa. Por un lado, obliga a desviar efectivos de lucha directa contra el fuego para cubrir las viviendas y población en peligro.

Para el representante de la organización colegial en la Comunitat, pocas de las urbanizaciones que ya existen están adecuándose a la legislación y reclamó a la administración autonómica una mayor implicación.

Pero, además, recordó Botella, los bomberos forestales no cuentan ni con la formación ni con los medios para hacer frente a los incendios en estas nuevas situaciones.

La actuación en zonas habitadas conlleva riesgos diferentes. Por un lado, el personal se pueden encontrar con distintos tipos de combustible (como depósito de gases o diesel) o tiene que enfrentarse a circunstancias diferentes como la evacuación de un área poblada.

Según señalan desde el Colegio de Ingenieros Forestales, el procedimiento de extinción varía y «pasa a ser una estrategia de defensa en vez de ataque». Con ello se aumentan los riesgos ante las innumerables variables que se introducen.

Desde el Colegio consideran «imprescindible» que estos planes de las urbanizaciones deben proporcionar preparación para la autoprotección, estar elaborados por profesionales e incluir evaluación de riesgos, actuaciones de prevención, medidas de vigilancia y alarma, medios materiales y humanos, sistemas de evacuación y una planificación ante cualquier emergencia.

Los planes de autoprotección obligan tanto a nivel europeo como nacional y autonómico y tienen que permitir luchar de forma eficaz en contra de los incendios sin poner en peligro la vida de los equipos de extinción.

El Reglamento comunitario obliga desde 1992 a clasificar el territorio en función del riesgo de incendios y a proporcionar planes de protección frente a incendios en las zonas de medio y alto riesgo. Ya en 2010 se incorporan medidas de prevención de incendios, prestando especial interés a las zonas forestales junto a zonas urbanas.

Respecto a la legislación nacional, el Colegio profesional recuerda que desde 1968, el Reglamento de Incendios incluye la necesidad de adoptar medidas de seguridad para viviendas, industrias y edificaciones emplazadas en zonas forestales; con medidas como faja de seguridad de 15 metros libre de vegetación y limpieza de residuos vegetales.

Asimismo, la Ley de Montes de 2003 regula específicamente la prevención de incendios forestales y las medidas de seguridad en las zonas de interfaz urbano-forestal.

Por su parte, el Código Técnico de la Edificación del año 2006, establece la seguridad en caso de incendio, para lo que exige una franja de 25 metros que separe la zona forestal de la urbana y que la zona urbanizada debe disponer de dos vías de acceso alternativas.

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