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Usuarios de patinete eléctrico en Valencia. Damián Torres

Qué infracciones multa la Policía Local de Valencia a los usuarios de patinetes eléctricos

Desde este lunes los agentes impondrán sanciones a los vehículos de movilidad personal

REDACCIÓN

Sábado, 21 de septiembre 2019

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El pasado lunes 23 de septiembre, los agentes de la Policía Local de Valencia comenzaron a poner multas a los ususarios de patinete eléctrico. Desde ese momento, cualquier infracción de las previstas en la Ordenanza de Movilidad será sancionada. Las multas pueden llegar hasta los 500 euros y entre ellas se encuentran tanto conducir bajo los efectos de alcohol o drogas, así como circular por las aceras, adelantar sin avisar o hacerlo de forma temeraria.

Estas son las infracciones que pueden cometer los usuarios de patinete eléctrico en Valencia y su sanción económica correspondiente.

Sanciones leves

Hasta 100 euros

-Circular sin la diligencia y precaución necesaria para no poner en peligro al resto de usuarios de la calle.

-No estar en condiciones de controlar el vehículo o no respetar la preferencia de los viandantes.

-Circular utilizando cascos o auriculares o empleando el móvil.

-Circular sin casco para los patinetes de tipo B.

-Circular con más ocupantes que plaza tiene el vehículo.

-Adelantar sin avisar con antelación.

Sanciones graves

De 101 a 200 euros

-Circular fuera de las zonas limitadas para cada patinete y a la velocidad marcada en la ordenanza: para tipo A, 30 km/h en ciclo calles, 20 en calles residenciales y carriles bici en calzada, 15 en carril bici en acera y 10 en parques y calles peatonales. Para los tipo B, las limitaciones son las mismas sólo que, además, no pueden circular por calles peatonales. Ningún patinete puede rodar por aceras.

-Circular de forma negligente.

-Circular sin tener la edad permitida para hacerlo.

Circular con vehículos que no cumplan los requisitos técnicos o de circulación.

Circular con vehículos que excedan las características técnicas de potencia y tamaño.

Sanciones muy graves

De 201 a 500 euros

-Circular superando en un 50% la velocidad máxima permitida, tal como se señala en el apartado de sanciones graves.

-Circular de forma temeraria.

-Circular poniendo en grave peligro o riesgo al resto de usuarios de la vía.

-Circular superando las tasas de alcohol establecidas reglamentariamente o con presencia de drogas en sangre.

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