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El condenado por la agresión agacha la mirada arrepentido, junto a la víctima, que también estaba acusado. I.Cabanes

Condenado a indemnizar con 100.000 euros a un hombre tras causarle daños neuronales al discutir por un vado en Valencia

La defensa contrató detectives privados para demostrar que la víctima, de 53 años, simuló una gran invalidez a consecuencia del puñetazo que recibió en la cara

Ignacio Cabanes

Valencia

Jueves, 12 de junio 2025, 13:50

Un puñetazo en la cara tras una simple discusión por aparcar en un vado de la ciudad de Valencia ha acabado en una condena cuya indemnización a la víctima de la agresión asciende a 100.000 euros. Para llegar a esta resolución judicial, ya firme tras el acuerdo de conformidad alcanzado esta mañana en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, han tenido que pasar años de peritajes, seguimientos de detectives privados contratados por la defensa del acusado, que se enfrentaba inicialmente a una pena de tres años de cárcel, e informes sobre la gran invalidez concedida al agredido.

El acusado de la agresión, que se ha mostrado arrepentido desde el primer día, ha reconocido los hechos y aceptado una pena de multa de 1.350 euros. Asimismo, en concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar al agredido con 100.000 euros, de los cuales ya habría consignado antes del juicio 30.700 euros. La Audiencia Provincial de Valencia lo condena por un delito de lesiones con la atenuante de reparación parcial del daño, precisamente por el pago previo ya consignado. Respecto del otro acusado, dueño del vado, que se enfrentaba a penas de multa por dos delitos leves de lesiones y otro de daños, se han retirado todos los cargos contra él.

Los hechos ocurrieron sobre las 20.30 horas de la tarde del 10 de diciembre de 2020, cuando el ahora condenado aparcó la furgoneta en un vado del barrio de Ayora de Valencia, mientras descargaba unos muebles en el portal. En ese momento acudió al lugar el propietario del vado, de 53 años, quien le instó a que quitase la furgoneta estacionada. Transcurridos unos minutos, y como el conductor no retiraba el vehículo, el propietario del vado se puso nervioso y comenzó a golpear la furgoneta causando desperfectos en el retrovisor izquierdo, tasados por un importe de 230 euros.

En ese momento se inició una discusión entre los dos acusados durante la cual el hombre que reclamaba que quitara el vehículo golpeó al otro con la cabeza en el pecho. Tratando de mediar también resultó lesionada leve la novia del hoy condenado. Tras el acuerdo de conformidad alcanzado por estas dos agresiones el lesionado de mayor gravedad ha quedado exonerado de responsabilidad.

La lesión más grave la sufrió el dueño del vado, quien recibió un puñetazo muy violento en la cara, según los hechos declarados probados, que le ocasionó lesiones graves con fractura de los huesos maxilares y nasales, y desviación del tabique nasal. El hombre tardó 152 días en sanar de sus heridas y padece secuelas neuronales graves, de ahí el importe de la indemnización.

El Instituto Valenciano de Neurociencias evalúo en enero de 2021 las lesiones por lo que calificó de traumatismo craneoencefálico grave. No obstante, los médicos forenses del Instituto de Medicina Legal no apreciaron lesiones neuronales.

Al mismo tiempo que le concedían una gran invalidez, los detectives privados contratados por la defensa lograron recabar pruebas gráficas de que la víctima seguía haciendo una vida normal, conduciendo, levantando peso y sin muestras de la invalidez que trataba de acreditar como consecuencia de la citada agresión.

Por su parte, la acusación sostiene que a su cliente le han destrozado la vida y desde el día que fue agredido no ha vuelto a ser el mismo. La clave del caso, que debido a la conformidad no ha podido ser rebatido en la sala por los peritos y testigos de una y otra parte, es el síndrome del trastorno frontal y su afectación a las capacidades neuronales del agredido.

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