Absuelven al profesor acusado en Valencia de abusos a dos alumnas al no dar credibilidad a las menores
El procesado, que daba clase a un grupo especial de 4º de la ESO en un instituto de la Hoya de Buñol, se enfrentaba a una pena de diez años de cárcel
Ignacio Cabanes
Miércoles, 11 de junio 2025, 14:03
El profesor de un instituto de la Hoya de Buñol juzgado la semana pasada por dos delitos de agresión sexual a sendas alumnas de quince años ha sido absuelto de todos los cargos después de que la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia estime que en este caso concreto la declaración de ambas menores no ha sido suficiente para enervar el principio de presunción de inocencia del acusado.
El procesado, profesor de Matemáticas y de Ciencias en un Instituto de Educación Secundaria (IES) de un municipio de la Hoya de Buñol, se enfrentaba a una petición de pena de diez años de cárcel por un delito continuado de agresión sexual a persona menor de 16 años con abuso de superioridad por los tocamientos a una de sus alumnas, y otro delito también contra la libertad sexual por un episodio puntual a la segunda denunciante.
Los hechos denunciados, después de que las menores los pusieran en conocimiento de la directora del centro, se produjeron en el curso 2022-2023, en la clase especial que el docente impartía a quince alumnos que tenían dificultades para efectuar el curso ordinario de cuarto de la ESO. La sentencia considera que «no existe ninguna otra prueba incriminatoria más allá de las declaraciones prestadas por las denunciantes».
Según declararon en el juicio los compañeros de las dos denunciantes, que en el momento de los hechos tenían quince años, si bien inicialmente el trato del profesor con las alumnas era correcto el comportamiento de las alumnas empezó a ser inadecuado y el profesor no lo cortó por lo que «la bola creció», según palabras textuales de uno de los testigos recogida en la sentencia.
El testimonio de la víctima puede ser suficiente para condenar al acusado de un delito contra la libertad sexual siempre y cuando cumpla los criterios de ausencia de incredibilidad, verosimilitud y persistencia en la incriminación. Criterios que en este caso concreto no se dan, según el fallo de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia.
El tribunal considera que la declaración del acusado ha sido «categórica y convincente a la hora de negar la realidad de la denuncia», y recoge su argumentación sobre la posibilidad de la existencia de un móvil espúreo dado el comportamiento de las víctimas, que no eran buenas estudiantes, faltaban mucho a clase y no hacían los trabajos. Estas circunstancias que señalaba el procesado fueron confirmadas por los alumnos que declararon como testigos en el juicio, quienes destacaron las numerosas faltas de asistencia durante el curso de sus compañeras.
Así, los magistrados no pueden descartar la existencia de un ánimo espúreo, planteada por la defensa del acusado, ejercida por Juan Colado, del despacho Castillo Castrillón Abogados. Ante la intención del acusado de poner en conocimiento de la dirección el mal comportamiento de estas dos alumnas tras regresar de las vacaciones de Navidad, donde la situación con las mismas se agravó.
De igual modo, «no consta ninguna corroboración periférica de carácter objetivo que avale el testimonio inculpatorio», añade el tribunal. La sentencia también reconoce que si bien este tipo de delitos sexuales suele cometerse en la intimidad, en un lugar apartado en el que solo están presentes víctima y agresor, en este caso enjuiciado los presuntos delitos se habrían cometido en clase, con otros alumnos en las inmediaciones, y en una excursión al Museo de las Artes y las Ciencias de Valencia, con mucha gente alrededor, y no ha comparecido ningún testigo que corrobore el testimonio de las menores.
Respecto a la persistencia en la incriminación, la Sala explica que aunque las manifestaciones de las víctimas a lo largo del proceso -se les tomó declaración también mediante cámara Gesell- no han sido contradictorias en el sentido estricto de la palabra, han sido en su contenido muy «limitadas» relatando unos tocamientos en el trasero y conductas muy similares una y otra víctima.
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