El Supremo anula una cláusula de Ryanair para «secuestrar» empleados y le obliga a pagar una indemnización de 7.501 euros
La medida obligaba a los tripulantes de cabina a estar afiliados a CCOO para beneficiarse de las subidas salariales pactadas con la empresa
EP
Jueves, 3 de julio 2025, 00:49
El Tribunal Supremo ha declarado nula la cláusula que recogía la obligación de Ryanair a los tripulantes de cabina de estar afiliados a CCOO para beneficiarse de las subidas salariales pactadas con la empresa, corrigiendo así una decisión previa de la Audiencia Nacional y estimandoparte del recurso presentado por USO contra el acuerdo entre Ryanair y CCOO.
Según USO, esta sentencia evita tentación de las empresas a «secuestrar» a los trabajadores mediante la afiliación a un sindicato de elección patronal para «reventar así la negociación colectiva y acallar a los sindicatos críticos».
En concreto, la sentencia, que responde a diferentes recursos presentados por USO, UGT, ATR y Sitcpla, estima parte de los dos primeros e impone a Ryanair una indemnización por daños y perjuicios de 7.501 euros.
Contenido de la sentencia
La sentencia considera que la «cláusula infringe la dimensión negativa de la libertad sindical al inducir o presionar a los trabajadores no afiliados a afiliarse para no quedar excluidos de ciertas ventajas laborales».
Además, denuncia que se ha producido una discriminación sindical porque «no puede establecer como requisito obligatorio para beneficiarse del acuerdo una condición discriminatoria, como la afiliación a un sindicato determinado».
En un comunicado de USO, el sindicato ha celebrado que «ha triunfado la libertad sindical, al reconocerse, ya en sentencia firme y sin posibilidad de más recursos, el derecho de las personas trabajadoras a poder adherirse a un acuerdo extraestatutario firmado con un sindicato, sin tener que afiliarse a este».
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