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Una cajera trabaja en un supermercado. EFE

La justicia obliga a un supermercado a indemnizar con 39.895 euros a una empleada despedida por 'ayudar' a un cliente a ganar un crucero

El TSJ rechazó los argumentos de la empresa y consideró que la empleada no era parte activa del fraude

Mario Lahoz

Valencia

Jueves, 2 de octubre 2025, 19:47

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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha declarado improcedente el despido disciplinario de una encargada del supermercado Alimerka, que fue cesada por la empresa al considerar que había colaborado en un fraude relacionado con el programa 'Desafío Alimerka'.

La trabajadora llevaba más de 25 años trabajando para la compañía cuando la dirección la acusó de favorecer a un cliente para que ganase un crucero.

Según la empresa, había incumplido sus funciones de supervisión cuando permitió que un cliente habitual consiguiese de manera fraudulenta, el trigésimo reto del programa de fidelización, un requisito indispensable para canjear el viaje en crucero.

Este requisito consistía en comprar seis productos de una determinada marca. El día que salieron las bases del concurso, se colocaron en la caja seis bolsas de pipas de la marca en cuestión, para que este cliente pudiera llevárselos nada más entrar.

Una vez sobre aviso, la dirección consideró que había cometido una falta muy grave tipificada en el artículo 54.2.b del Estatuto de los Trabajadores. En la carta de despido, la empresa señaló que la conducta de la encargada era un fraude evidente y la ruptura de la confianza tenía un cargo de responsabilidad.

La afectada interpuso una demanda y, en primera instancia, el Juzgado de lo Social número 6 de Oviedo, declaró el despido como improcedente al considerar que no se demostró la particiapción activa de la empleada en el fraude y tampoico que lo hiciera con ánimo doloso.

El fallo condenó a Alimerka a readmitir a la empleada en su puesto y a pagarle una indemnización de 39.895,20 euros más los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido. La empresa recurrió en suplicación pero el TSJ de Asturias desestimó el recurso confirmando la decisión de instancia.

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