Las 11 excepciones del estado de alarma por las que sí que se puede salir de Madrid
El BOE especifica a quién afecta las medidas y cuales son los motivos para poder salir de los municipios confinados
LP.ES
VALENCIA
Sábado, 10 de octubre 2020, 06:40
El BOE publicó este 9 de octubre el decreto del estado de alarma aprobado por el Gobierno por el que se restringe la movilidad en 9 municipios de Madrid por la elevada tasa de coronavirus. Según este decreto se restringe la entrada y salida de personas de Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Madrid, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz durante 15 días naturales a contar desde el 9 de octubre, pero establece una serie de excepciones para poder desplazarse si se justifica alguno de estos motivos:
1) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
2) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
3) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
4) Retorno al lugar de residencia habitual.
5) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
6) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse.
7) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
8) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
9) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
10) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
11) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
La circulación de las personas en tránsito a través de los ámbitos territoriales que constituyen el ámbito de aplicación de este real decreto no estará sometida a las restricciones anteriores.
Quien incumpla estas normas será multado con arreglo a las leyes.