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Cola en una ITV de Valencia. Irene Marsilla
DGT - ITV | La DGT y la ITV caducada durante el estado de alarma: ¿Puedo circular?, ¿cuándo podré pasarla?

La DGT y la ITV caducada durante el estado de alarma: ¿Puedo circular?, ¿cuándo podré pasarla?

¿Cuándo se podrá pasar la revisión técnica y circular con el nuevo distintivo?

LAS PROVINCIAS

Jueves, 16 de abril 2020

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El estado de alarma por el coronavirus ha dejado varios trámites administrativos en una situación tan inusual como compleja. Está claro que actualmente un conductor no puede coger su vehículo y acudir a una estación de la ITV para pasar la revisión acordada, ni tampoco presentarse sin reserva. Las estaciones están clausuradas y la DGT publica en su web una nota aclaratoria para resolver todas las dudas posibles ante un escenario nacional en el que se permite circular con la ITV caducada, pero ¿cuándo se podrá pasar la revisión?

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Son varios los interrogantes que surgen durante el estado de alarma atendiendo a las ITV de los vehículos, y más tras los quince días en los que quedaron suspendidas todas las actividades consideradas no esenciales por parte del Gobierno nacional. En los diferentes controles que están realizando los diversos cuerpos policiales y militares se pretende controlar el tipo de desplazamiento que está realizando cada conducto o viandante, en ningún momento se vigilan aspectos del vehículo como podría ser la ITV.

La Dirección General de Tráfico ha intentado responder en su página web a una serie de dudas generales existentes ante esta situación. ¿Cuándo se podrá pasar la ITV prevista?, ¿cuánto tiempo hay de plazo para pasarla una vez superado el estado de alarma?

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Con la declaración del estado de alarma todo tipo de trámite administrativo ha quedado suspendido, por lo que no se tienen en cuenta los tiempos indicados para superar la ITV. De esta forma, un vehículo puede seguir circulando aunque la fecha de revisión haya pasado. En ningún control policial se le multará por ello, ya que se entiende que al cerrarse la estación no se puede cumplir con la normativa vigente antes del establecimiento del estado de alarma.

Cuando se acabe este periodo especial a nivel nacional ya se podrá pasar la ITV, tanto las que no se pudieron realizar como una nueva lista de espera. Según apunta la DGT en su página web, una vez superado el estado de alarma será cuestión del Ministerio de Industria fijar el método para que aquellos vehículos que debieron pasarla y los que tengan que acudir en esos días no colapsen por completo el sistema de la Inspección Técnica de Vehículos. El plazo para poder superarla será idéntico al existente hasta el momento se decretó el estado de alarma.

Cuando se solicita cita previa para superar la ITV se dispone de un justificante ante la posibilidad de que la fecha indicada por el sistema sea posterior al día de vencimiento de la revisión. Según apuntan desde la Dirección General de Tráfico, no es necesario portar este justificante, por el mismo motivo de que los plazos administrativos están paralizados y no se va a tener en cuenta si la revisión se ha pasado o no.

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