Juzgados de Madrid, en una imagen de archivo. Defensor del Pueblo

Una auxiliar de enfermería es condenada por homicidio tras confundir a Julián con Juliana y provocar la muerte de un anciano

Los hechos se produjeron en una residencia madrileña | La sentencia impone seis meses de prisión y un año y seis meses de inhabilitación especial por un delito de homicidio por imprudencia profesional grave

Nacho Ortega

Valencia

Miércoles, 29 de octubre 2025, 01:48

El Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid ha condenado a una auxiliar de enfermería por un delito de homicidio por imprudencia profesional grave, al administrar la medicación de una paciente llamada Juliana a un residente llamado Julián, lo que provocó su muerte. La sentencia impone seis meses de prisión y un año y seis meses de inhabilitación especial para ejercer como auxiliar de enfermería.

Publicidad

El suceso ocurrió el 18 de julio de 2018 en una residencia de mayores de la Comunidad de Madrid, aunque la sentencia se ha dictado en 2025, según explica la asociación «El Defensor del Paciente», cuyos servicios jurídicos han ejercido la defensa.

Confusión mortal

Según la sentencia, la auxiliar confundió los nombres de los pacientes al retirar los fármacos de sus cajetines —que, según consta, habían sido previamente verificados mediante dos controles internos—. En consecuencia, suministró cantidades de ansiolíticos y antidepresivos destinados a Juliana al paciente Julián, quien no tenía prescripción para esos medicamentos.

Al observar que Julián presentaba somnolencia, fue trasladado al servicio de urgencias del Hospital Puerta del Hierro en Majadahonda, donde falleció ese mismo día. El informe médico forense concluyó que la muerte fue «violenta» en sentido técnico, atribuyéndola a una depresión respiratoria y cardíaca inducida por los fármacos administrados, que sobrepasaron la tolerancia del paciente, quien no estaba habituado a ese tipo de medicación.

Un proceso judicial con una duración poco razonable

La condena también considera la aplicación de la atenuante cualificada de dilaciones indebidas, dado que el proceso judicial experimentó una duración superior a lo razonable, lo que permitió que la pena fuera algo reducida frente al máximo teórico. Sobre la responsabilidad civil la sentencia no se pronuncia, pues la familia ya había recibido indemnización antes del juicio.

Publicidad

Para Carmen Flores, presidenta de «El Defensor del Paciente», este caso es «un claro ejemplo que demuestra la necesidad de mejorar la atención que reciben nuestros mayores cuando se encuentran ingresados en una residencia». Esa denuncia, además, adquiere especial peso cuando el error radica en algo aparentemente tan banal como un nombre mal asociado a su medicación, concluyen.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete a Las Provincias al mejor precio

Publicidad