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Vicente Rambla.
Caso Gürtel | Vicente Rambla, absuelto por la financiación ilegal del PPCV

Vicente Rambla, absuelto por la financiación irregular del PPCV en el caso Gürtel

«Es posible que haya cometido los delitos, pero existe la probabilidad razonable de que no lo hiciera», argumentan los magistrados en la sentencia

A. RALLO

VALENCIA

Lunes, 11 de junio 2018

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Vicente Rambla es el único de los miembros del PP que se ha sentado en el banquillo que durmió anoche con la tranquilidad de un pronunciamiento absolutorio. Las «dudas razonables» acerca de si participó en la financiación ilegal de la formación desembocaron en la lógica absolución del vicepresidente del Consell.

El ex cargo popular fue nombrado coordinador de la campaña autonómica de 2007, motivo por el cual se vio inmerso en este asunto. Pero hasta entonces carecía de responsabilidades en el partido. El juez considera que su declaración presentaba «absoluta firmeza y seguridad» y le cree cuando dijo que nadie le puso un límite para la campaña electoral. Confirmó que Orange Market fue introducida por Camps y que este junto a Ricardo Costa manejaba los fondos del partido.

La sentencia subraya que la prueba indiciaria requiere de numerosos datos incriminatorios y recuerda que en la primera etapa en la que se «innovó» con ese sistema delictivo para recaudar fondos -a través de los empresarios que pagaban facturas- Vicente Rambla no participaba en el entramado. Luego, según el testimonio de Costa, sí que sabía el sistema que se empleaba en el partido. «Pero conocer no es cooperar», matiza la resolución judicial. De hecho, concluyen que no se ha producido una sola prueba que permita concluir que Rambla participó de manera «directa y eficaz» en la fase de captación o utilización de empresarios para financiar el partido.

El fallo, no obstante, sí realiza una crítica sobre su actuación en el plano ético, pero el delito que se juzga no puede cometerse por omisión, es necesaria la participación activa del procesado. El hecho de que sustituyera a Víctor Campos -supuesto ideólogo del sistema- no resulta un «indicio inequívoco» para redactar un fallo condenatorio. De igual modo, recuerda el juez que el vicepresidente no tenía una posición de disposición de fondos electorales, otra de las claves para fundar su absolución.

Algunos testigos ratificaron en el juicio que la posición de Rambla era más política, a la hora de definir los mensajes que cimentarían el discurso del PP, que económica, por ejemplo, de control de presupuesto y actos del partido. Además de la senadora Adela Pedrosa, también la que fuera secretaria de Comunicación, Paula Sánchez de León, confirmó estos extremos en su comparecencia.

Los pinchazos telefónicos revelan una relación de Rambla con los empresarios de Gürtel, pero al mismo tiempo también evidencia que no facilitaba la labor de que el grupo empresarial cobrara a través de métodos ilegales. Esas mismas intervenciones telefónicas juegan también a su favor porque los integrantes del grupo Correa se quejan de que el vicepresidente no les ayuda. Además, mientras en la documentación se recoge cómo la deuda de Costa va descendiendo -con el pago de empresarios- en la de Rambla la cantidad se mantiene invariable. El apunte contable venía de su antecesor y el hecho de que no se reduzca cuadra con las quejas de que este no colabora.

El juez indica que quizá por sus conocimientos, Rambla es inspector de Hacienda, debió sospechar que el gasto de las campañas electorales era excesivo y además se administraba sin ningún control. Acuden aquí a lo que se denomina «ceguera voluntaria», un no querer enterarse de lo que estaba sucediendo. Sin embargo, la sentencia recuerda que la jurisprudencia no se muestra nada partidaria de esa teoría para acreditar el dolo en la actuación, con lo que sustentar una condena. La figura -argumenta- no casa bien con la presunción de inocencia.

Vicente Rambla todavía tiene otros procedimientos judiciales en marcha tras su reciente imputación en el juzgado de Instrucción 17 a consecuencia precisamente de la declaración incriminatoria que hizo Costa en fiscalía. No obstante, la sentencia favorable en estos hechos puede beneficiarle enormemente en unas pesquisas que básicamente han arrancado por la confesión de Ricardo Costa.

Las penas del caso Gürtel

--FRANCISCO CORREA.- Empresario y cerebro de la trama, ha sido condenado a 5 años y tres meses de prisión por tres delitos electorales (elecciones locales y automómicas de 2007 y generales de 2008) continuado de falsedad y tres delitos contra la Hacienda Pública, todos ellos con la atenuante de reparación del daño. La Fiscalía había pedido para él 7 años y 3 meses tras su colaboración durante el juicio, porque la petición inicial contra él era de 22 años.

--RICARDO COSTA, exsecretario general del PP en la Comunidad Valenciana es condenado a 4 años de cárcel por tres delitos electorales y uno continuado de falsedad, con atenuante de confesión. La Fiscalía pedía para él 4 años y tres meses de cárcel tras celebrarse el juicio.

--PABLO CRESPO.- Número dos de Correa y exresponsable del PP en Galicia. Ha sido condenado a 5 años de prisión por los mismos delitos electorales que Correa, continuado de falsedad y tres delitos contra la Hacienda Pública, también con el atenuante de confesión. La Fiscalía pidió para él 13 años y medio de cárcel.

--ÁLVARO PÉREZ 'el Bigotes', socio de Correa en Orange Market, es condenado a 6 años y 9 meses de cárcel por los mismos tres delitos electorales, uno continuado de falsedad, y cinco delitos contra la Hacienda pública, aplicándose la atenuante de confesión o colaboración activa a los dos primeros. La Fiscalía había pedido para él 16 años y medio de prisión.

--CÁNDIDO PÉREZ, gerente de la empresa de Correa es condenado a 5 años y 1 mes de cárcel por tres delitos electorales, uno continuado de falsedad y tres delitos contra la Hacienda Pública. La Fiscalía había pedido para él 16 años 9 meses.

--CRISTINA IBÁÑEZ, exgerente del PP Valenciano es condenada a 3 años y 8 meses de prisión también por tres delitos electorales y otro continuado de falsedad. Anticorrupción solicitaba para ella siete años y medio.

-DAVID SERRA, exvicesecretario de organización del PP en Valencia es condenado a 3 años y 8 meses de cárcel por tres delitos electorales y otro delito continuado de falsedad. La Fiscalía pidió para él siete años y medio de prisión.

--YOLANDA GARCÍA, extesorera del PP valenciano y exdiputada de las Corts ha sido condenada con 4 meses de prisión como cómplice de un delito electoral relativo a las elecciones generales de 2008. La Fiscalía pedía para ella cinco meses de cárcel.

--JOSÉ RAMÓN BLANCO BALÍN, cerebro financiero de la red corrupta, ha sido condenado a 3 años de cárcel por tres delitos contra la hacienda pública de los años 2006 y 2007. La Fiscalía pedía para él 15 años de cárcel.

--VICENTE COTINO, empresario y sobrino del expresidente de las Cortes valencianas Juan Cotino es condenado a 1 año y 3 meses de cárcel que se sustituyen por una multa total de 109.500 euros. Esta sustitución de cárcel por multa se acordó de conformidad con la Fiscalía.

--ENRIQUE GIMENO, empresario, es condenado a 1 año y 9 meses de cárcel que se sustituye por una multa total de 154.500 euros por tres delitos electorales y uno de falsedad. Esta sustitución de cárcel por multa se acordó de conformidad con la Fiscalía.

--ANTONIO PONS, empresario, es condenado a 1 año y 9 meses de cárcel que se sustituye por multa total de 154.500 euros por tres delitos electorales y uno de falsedad. Esta sustitución de cárcel por multa se acordó de conformidad con la Fiscalía.

--ALEJANDRO PONS, empresario, es condenado a 1 año y 9 meses de cárcel que se sustituye por multa total de 154.500 euros euros por tres delitos electorales y uno de falsedad. Esta sustitución de cárcel por multa se acordó de conformidad con la Fiscalía.

--TOMÁS MARTÍNEZ BERNA, empresario, es condenado a 1 años y 6 meses de cárcel que se sustituye por una multa total de 132.000 euros por dos delitos electorales y uno de falsedad. Esta sustitución de cárcel por multa se acordó de conformidad con la Fiscalía.

--RAFAEL MARTÍNEZ BERNA, empresario, es condenado a 1 año y seis meses de cárcel que se sustituyen por una multa total de 132.000 euros por dos delitos electorales y uno continuado de falsedad. Esta sustitución de cárcel por multa se acordó de conformidad con la Fiscalía.

--ENRIQUE ORTIZ, empresario, es condenado a 1 año y 3 meses de cárcel por un delito electoral y otro continuado de falsedad que se sustituyen por una multa total de 109.500 euros. Esta sustitución de cárcel por multa se acordó de conformidad con la Fiscalía.

--JOSÉ FRANCISCO BEVIÁ, empresario, es condenado a 1 año y 3 meses de cárcel por un delito electoral y otro continuado de falsedad que se sustituyen por una multa total de 109.500 euros. Esta sustitución de cárcel por multa se acordó de conformidad con la Fiscalía.

-GABRIEL ALBERTO BATALLA, empresario, es condenado a 1 año y 9 meses de cárcel que se sustituyen por multa de 154.500 euros por tres delitos electorales y uno continuado de falsedad. Esta sustitución de cárcel por multa se acordó de conformidad con la Fiscalía.

ABSUELTOS

--JOSÉ ENRIQUE FRESQUET, también empresario, resulta absuelto por retirarse la acusación contra él, que únicamente presentaba el PSOE valenciano.

--VICENTE RAMBLA, exvicepresidente de la Comunidad Valenciana, resulta absuelto. Anticorrupción pedía para él 6 años y medio de cárcel.

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