Los tres autos que alimentan la esperanza de Pradas de que se archive la causa de la dana
La Audiencia, el TSJ y otra resolución de Instrucción 15 alertaban de las dificultades de establecer como delictivo el envío tardío del SMS e incluso en si este hubiera evitado los daños que causó la riada
La principal investigada en la causa de la dana es Salomé Pradas, la consellera de Emergencias que la fatídica tarde del 29 de octubre estaba ... al frente del operativo ante las extraordinarias lluvias torrenciales. La instructora de la dana basó su imputación fundamentalmente en el retraso del envió del SMS masivo, un texto que se recibió a las 20.11 horas. En ese momento, el barranco del Poyo ya se había desbordado. De hecho, un número importante de víctimas había ya fallecido o se encontraban atrapadas.
La jueza siempre ha concentrado los indicios en el Es Alert. En concreto, en el retraso de ese mensaje, el erróneo contenido y en qué circunstancias se produjeron para que se demorara el envío. Recordemos, por ejemplo, las diligencias acerca del denominado apagón del Cecopi durante cerca de una hora. Pero, recientemente, en un auto, amplió el foco de las pesquisas o lo que es lo mismo, lo separó de este sistema de alerta. «Lo importante no era el medio sino que el mensaje llegara a la población». Fue entonces cuando recordó las múltiples posibilidades de las que disponía la Generalitat para trasladar esa alerta de una manera incluso más rápida.
Las defensas interpretaron este matiz de manera favorable a sus intereses. De hecho, este auto se produjo después de otra resolución de la Audiencia donde se rechazaba ampliar la investigación a los daños materiales y concentraban su argumentación en el famoso Es Alert.
En este caso, el tribunal de la sección Segunda discrepaba con los recurrentes, una asociación de víctimas, que pretendía ampliar las pesquisas. La querella también apuntaba que si el SMS masivo de las 20.11 se hubiera lanzado con anterioridad se habrían evitado los daños. «Es una hipótesis que carece de relato», señalan los magistrados respecto a la incidencia del Es Alert. «No concretan qué mensaje debía ser enviado que fuera apto para poder evitar o rebajar los daños sufridos por los querellantes», añadieron.
La Sala recordaba que para poder investigar los daños materiales en una imprudencia -es importante subrayar que es una respuesta únicamente para esta hipótesis- hay que exponer un relato donde la omisión se presente como un hipotético delito. Pero los querellantes no señalan «qué mensaje, ni a qué hora, hubiera permitido minimizar o evitar daños materiales». De igual modo, profundizaron en este extremo. No plantearon una alternativa acerca de cómo la antelación del SMS se habría «compatibilizado mensajes de protección de bienes materiales susceptibles de ser salvados de la inundación, con la debida protección de bienes jurídicos prioritarios como la vida, la integridad física de las personas».
¿Y si esta misma tesis para los bienes materiales fuera aplicada también al supuesto de los homicidios imprudentes? Esa es una de las vías que manejan las defensas. Aparte de que de las testificales practicadas hasta la fecha hay un hecho que parece coincidente en todos los testimonios: el SMS masivo no se plantea en el Cecopi, es decir, a Pradas, hasta las 19 horas cuando lo propone el subdirector de Emergencias, Jorge Suárez, que ya lo había hablado previamente con sus técnicos. Y siempre referido al riesgo de rotura de la presa de Forata. Nunca se habló del barranco del Poyo.
Pero, además, el expediente judicial aporta otras resoluciones que resultan de interés para los investigados. Una de ellas es el auto del TSJ en el que rechazaba la imputación, en ese momento embrionario de las diligencias, del presidente de la Generalitat, Carlos Mazón. Al margen de las circunstancias propias del aforado, hay una argumentación del alto tribunal que también da esperanzas a los imputados. Se trata de la siguiente: «Para sostener la autoría del aforado por las muertes, lesiones o daños sufridos por las víctimas, sería indispensable acreditar que, de haberse ejecutado la acción omitida -activar con anterioridad la alarma, impulsar el plan de emergencias, pedir ayuda estatal...-, se habrían evitado los resultados dañosos, lesivos y mortales. En otras palabras, habría que demostrar que si se hubiera informado con anterioridad o se hubiera anticipado la decisión de emitir la alerta, se habrían impedido los daños». Esto es precisamente el objetivo de las diligencias de Instrucción 3 de Catarroja.
Y, por último, también el titular de Instrucción 15 de Valencia dejó su opinión respecto al famoso y controvertido sistema de mensajes del que no existe, por otra parte, un protocolo más allá de una guía de usuario. Fue en un auto con el que el magistrado dio carpetazo a una de las querellas de Manos Limpias antes de que el juzgado de la dana comunicara que iba a aceptar todas las inhibiciones.
Era un tiempo, conviene recordarlo, en el que todos los juzgados hacían lo posible por no asumir un caso que iba a multiplicar su carga de trabajo. Aquella querella iba dirigida contra Emilio Argüeso, secretario autonómico de Emergencias, entre otros cargos de Aemet y de la CHJ. El juez señaló en su auto que ignoraba el motivo de por qué el hecho de que no se enviara un mensaje de aviso a la población hasta las 20.11 horas podía ser motivo para imputarle.
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