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El exconseller Manuel Alcaraz. IRENE MARSILLA
Transparencia rechaza la tesis de la fundación de Dalmau para no devolver 20.000 €

Transparencia rechaza la tesis de la fundación de Dalmau para no devolver 20.000 €

El exconseller Alcaraz tumbó su último día de mandato el recurso de CEPS contra la resolución que obliga a la fundación a devolver el dinero

J. C. Ferriol

Valencia

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Viernes, 28 de junio 2019, 01:13

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El exconseller de Transparencia, Manuel Alcaraz, firmó el pasado 17 de junio una resolución por la que «desestima» el recurso presentado por la Fundación Centro de Estudios Políticos y Sociales (CEPS) contra la propuesta de esa misma conselleria que requiere a la entidad vinculada a Podemos a devolver 20.000 euros al Consell por no justificar los pagos de una subvención. La firma lleva fecha del último día de Alcaraz en el cargo, toda vez que esa misma jornada Puig y el nuevo Consell posaron en las escaleras del Palau de la Generalitat para hacerse la tradicional foto de familia tras los nombramientos.

El documento al que ha tenido acceso este diario recoge los datos de los que ha venido informando este diario. Por una parte, que la subvención por importe de 25.335 euros se había concedido en 2010 -fecha en la que, al frente de la fundación, figuraba el hoy vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, Rubén Martínez Dalmau-. Por otro, que se ordenaba la devolución a las arcas autonómicas de más de 20.000 euros, de los que15.625 correspondían a la parte de la subvención que se consideraba que no se había justificado de forma correcta y el resto, 4.963, a los intereses de demora.

También recoge el recurso presentado el pasado mes de mayo por CEPS contra la decisión de Transparencia, en el que se sostiene que se había sobrepasado el plazo para que la Administración tramitara el procedimiento de reintegro, así como que Transparencia alega que no se justificaron los gastos del proyecto, dando a entender que el proyecto no se realizó, o que no hubo justificación. CEPS, asegura, «es una entidad de larga trayectoria, y que todos sus proyectos financiados siempre han sido debidamente ejecutados y justificados».

Pero la conselleria no asume esa tesis. En su resolución, el documento firmado in extremis por el conseller Alcaraz rechaza la referencia a la normativa aplicable y a la eventual caducidad de plazos para la tramitación administrativa de la solicitud de reintegro. Además, Trasparencia alega, respecto a la justificación del proyecto, que no se cuestiona su realización en sí, «sino que se hace constar que hay una justificación deficiente del mismo, ya que si se cuestionase la justificación total se exigiría el reintegro del total de la subvención». La conselleria recuerda que los justificantes de gasto cuyo pago no ha sido acreditado y que ascienden a 14.425,96€ y el justificante de gasto cuya fecha de emisión se encuentra fuera del periodo de ejecución del proyecto, por importe de 1.200€, no pueden ser imputados a la subvención, por lo que se exige el reintegro de esa parte de los fondos.

Transparencia subraya además que la fundación no puede alegar que esté en proceso de extinción porque no consta resolución que lo acredite, y además, «este extremo no afecta a la tramitación del reintegro de la presente subvención, que debe seguir su curso afectando a los sujetos obligados al reintegro».

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