La Justicia da la razón a Carpi en el litigo con el presidente del CD Dénia
Juan Benavente está obligado a convocar la asamblea de la moción de censura a su directiva
J. Zamora
Dénia
Lunes, 10 de noviembre 2025, 15:56
El litigio que durante unos meses ha mantenido Pepe Pastor Carpi, socio del CD Dénia, con el presidente del club, Juan Benavente, ya tiene sentencia. En el fallo emitido por la jueza que lleva el caso se declara la nulidad de la convocatoria de la asamblea del 9 de agosto y de los acuerdos adoptados en ella.
Lo más importante es que, según este dictamen, el club groguet presidido por Benavente está obligado a convocar una asamblea general extraordinaria para que se proceda a la aprobación, en su caso, de la moción de censura presentada por Carpi. Y debe ser conforme a la lista de socios preexistente y vigente en la fecha de la celebración de la asamblea realizada el 5 de julio de 2024 en la que se presentó la moción de censura, preservando que no existan irregularidades en referida lista de socios, así como en la lista de asistentes.
Eso significa que tendrán derecho a voto los socios incluidos en la lista que fue presentada para la elección de presidente. Esa lista está compuesta por 117 socios y fue modificada por la actual directiva del club, lo que llevó a que el socio Pepe Pastor Carpi pusiese la demanda.
Tras este fallo, el presidente del CD Dénia, Juan Benavente, puede recurrir en segunda instancia en la Audiencia Provincial de Alicante en un plazo de veinte días.