La CEOE aplaude el bloqueo judicial de la indemnización por despido improcedente y apunta a Yolanda Díaz: «Es una buena noticia»
Garamendi asegura que le decisión del Tribunal Supremo ofrece «seguridad jurídica», aunque no descarta que la reforma propuesta por Sumar siga encima de la mesa «meses o años»
EP
Viernes, 18 de julio 2025, 01:41
El presidente de la CEOE ha celebrado que el Tribunal Supremo haya sentenciado que la indemnización por despido improcedente en España no puede incrementarse «vía judicial», un fallo que ha calificado de «buena noticia». «Vuelve a hablar de confianza, habla de seguridad jurídica, que es de lo que nosotros hablamos», ha recalcado Garamendi durante su discurso en la clausura de la 'Asamblea 2025' de la CEOE.
El pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha dictado sentencia, como ya hizo en diciembre de 2024, en la que establece que la indemnización por despido improcedente prevista en el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET) no puede verse incrementada en «vía judicial con otras cuantías que atiendan a las circunstancias concretas de cada caso».
En España, el límite máximo de la indemnización en caso de despido improcedente no puede exceder de 33 días de salario por año de servicio, con un límite máximo de 24 mensualidades. En caso de despido por causas objetivas y despido colectivo por causas económicas, organizativas, técnicas o productivas, el tope máximo no puede superar los 20 días de salario por año trabajado, con un límite máximo de 12 mensualidades.
La sentencia del Supremo
En una sentencia conocida a mediados de julio, el Supremo indica que no se puede incrementar vía judicial esta indemnización sin que ello suponga ni una vulneración del artículo 10 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ni del artículo 24 de la Carta Social Europea revisada, en los que solo se indica que la indemnización debe ser adecuada.
De esta manera, el Tribunal Supremo avala lo dictado en una sentencia del pasado diciembre, donde el pleno de su Sala Cuarta ya indicó por «unanimidad», que la indemnización por despido improcedente establecida en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores (ET) de 33 días de salario por año de servicio «no puede verse incrementada en vía judicial» sin que ello suponga una vulneración del artículo 10 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Para el presidente de la CEOE, esta sentencia pone en relieve que es necesaria «seguridad jurídica» en España y, frente a los discursos que llevan «más de un año» diciendo que es necesario adaptar la legislación española sobre el despido a la Carta Social Europea, Garamendi ha indicado que el Supremo ha demostrado que «esto no es así». «Volvemos otra vez a que la seguridad es lo que nosotros necesitáramos», ha pedido Garamendi, que ha reiterado que este fallo acaba con la «indefinición».
La reforma de Yolanda Díaz
Preguntado por si la norma seguirá encima de la mesa o el fallo del Supremo cierra el debate sobre la reforma del despido, Garamendi ha indicado que habrá que preguntarle a la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, sobre la cuestión. «Igual está encima de la mesa, no sé cuántos meses más o años. No tengo ni idea. Habrá que preguntárselo a ella (Yolanda Díaz», ha expuesto.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha reafirmado su intención de reformar el despido. «El Gobierno hará efectivo el programa de coalición y su compromiso con la ciudadanía, que es reformar el despido», han trasladado fuentes del Departamento que dirige Yolanda Díaz.
Trabajo ha recordado, «desde el respeto a las decisiones judiciales y a la espera de conocer el contenido definitivo del fallo», que España ha ratificado la Carta Social Europea, cuyo cumplimiento garantiza íntegramente y adicionalmente el Gobierno, que hará efectivo el programa de coalición y su compromiso con la ciudadanía, que es reformar el despido.
Lo que dice Europa
El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ha fallado tanto en una demanda de UGT como de CCOO de que la indemnización por despido injustificado en España no se acomoda al derecho europeo porque no es suficientemente disuasoria, mientras que el Ministerio de Trabajo ya ha anunciado su intención de reformar el despido para que la indemnización sea suficientemente disuasoria y proteja más a los trabajadores.