Los agricultores de la Albufera podrán usar drones para fumigar sus campos de arroz
El plan de protección del parque autoriza estos vuelos, que eran una reivindicación de los labradores
Los agricultores se quejan de que es cada vez más difícil aplicar productos fitosanitarios por las diferentes normativas cada vez más estrictas. Las ... dificultades se multiplican aún más si se da la circunstancia de que la parcela en cuestión se encuentra en el interior de un espacio protegido. Es lo que les ocurre a los arroceros de la Albufera. En este sentido, recuerdan que no se les permite fumigar con aviones (un sistema que consideran muy funcional pues permiten aplicar estos productos de forma rápida y eficaz).
Ahora, el nuevo Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de la Albufera da un paso para facilitarles la labor. El articulado de este documento introduce, a propuesta de la dos principales asociaciones de agricultores AVA-Asaja y La Unió, la posibilidad de fumigar con herbicidas los campos utilizando drones, una petición que los arroceros llevan mucho tiempo intentando conseguir.
En concreto, el articulado, el documento en fase de anteproyecto no lleva todavía numeración y se espera a la presentación de mejoras y alegaciones, establece que «se prohibe la aplicación de herbicidas por medios aéreos», ahora bien, continúa señalando que «siendo autorizable, previa declaración responsable, el uso de drones hasta una altura de sobrevuelo máxima de cinco metros».
El anterior articulado del PORN actualmente vigente no incluía ninguna referencia al uso de drones ya que en 1995 todavía no se conocían. El documento, de esta forma, recoge algunas de las novedades para hacer más eficaz las labores de los agricultores.
El problema es que los arroceros todavía no podrán utilizar este sistema porque necesitan la autorización del Ministerio de Transportes que hasta el momento se ha negado a darlo pese a las reiteradas peticiones de los agricultores. En este sentido, el delegado de AVA, José Pascual Fortea, ha indicado que no entienden la razón por la que el departamento que dirige Óscar Puente no concede la autorización para volar estos aparatos a una altura no muy destacable.
Así, ha pedido al Gobierno que de una vez por todas autorice el uso de drones como medio de tratamiento terrestre y no aéreo porque de esta forma se podrían fumigar los campos. Se trata de sistema mucho más preciso y menos ruidoso que permitiría la aplicación de productos fitosanitarios. En otros países ya lo han permitido y desde la organización agraria reclaman al Ejecutivo que dé un paso al frente y dé la luz verde a este sistema que facilitaría su labor.
Los agricultores se han quejado de que este año se iban a quedar también sin helicóptero para el tratamiento por las trabas burocráticas y las limitaciones legales que imponen las administraciones han hecho que a la empresa no le sea rentable la contratación después de 25 años de servicio ininterrumpido.
Por otro lado, el articulado del plan de recursos establece que para aplicar productos fitosanitarios en el parque tiene que estar «sometido a las determinaciones que vengan establecidas en la normativa sectorial aplicable». Al margen del apartado establecido para el uso de drones, el PORN también fija que «la guardería del Parque Natural vigilará el cumplimiento de la normativa vigente sobre aplicaciones de insecticidas, alguicidas, herbicidas, fungicidas y desinfectantes de semillas en el ámbito del espacio protegido».
La aplicación de estos productos fitosanitarios es una de las polémicas más frecuentes en la Albufera. Las organizaciones ecologistas se quejan de que estos insecticidas se filtran en el suelo y acaban en la laguna dificultando su supervivencia y la de los peces y resto de fauna presente en la reserva hídrica.
El articulado también establece, en este sentido, que «con el fin de fomentar la lucha biológica contra plagas y enfermedades de los cultivos, el órgano competente sobre espacios naturales protegidos, en colaboración con la Conselleria competente sobre actividad agrícola, promoverá la creación de líneas de investigación sobre sistemas alternativos de control que reduzcan o eviten la utilización de productos químicos».
Otro de los aspectos que recoge el articulado del PORN respecto a las actividades agrícolas se refiere a la tipología y tipo de construcciones que se pueden levantar en el ámbito del parque. Así, señala que el órgano competente sobre espacios naturales protegidos tendrá que emitir un informe que será vinculante sobre su idoneidad. Este deberá tener en cuenta otro realizado por la Conselleria de Agricultura en que se determine la importancia de esta construcción para las actividades agrícolas. Y el articulado señala que «únicamente podrán informarse favorablemente por la unidad administrativa competente en materia de espacios naturales protegidos o las instalaciones y edificaciones de nueva construcción que se hallen directamente relacionadas con actividades agrarias desarrolladas en el ámbito territorial del parque natural, en particular cuando se trate de albergue de cosechas o de maquinaria».
Por otra parte, en el plan de recursos naturales se refiere a la necesidad de que existan construcciones que ayuden a los agricultores en su labor. De esta forma, «se permite la continuidad del uso de las construcciones e instalaciones vinculadas a la explotación agraria, incluyendo almacenes de aperos, maquinaria, materiales de cultivo, instalaciones industriales de primera transformación de productos agrícolas, infraestructuras de servicio como silos y secaderos de arroz, tanto tradicionales como mecánicos».
Además, también fija que los titulares tras cesar la utilización de infraestructuras para cultivos forzados o semiforzados (invernaderos, sombreados, túneles, microtúneles), deberán restituir la situación«.
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