Monbus pierde el transporte escolar de Valencia por usar autobuses 'fantasma'
La empresa incluyó en su flota vehículos que ya estaban operando a 800 kilómetros, en Galicia, por lo que el TSJCV ve una «evidente incompatibilidad»
La Unión Temporal de Empresas liderada por Monbus, que hasta el curso pasado se encargó del transporte escolar en parte de la provincia de Valencia, ... ha perdido el contrato para el próximo ejercicio después de que la justicia haya anulado la adjudicación. Y es que el TSJCV, en una sentencia de finales del año pasado, consideró probado que la flota que presentó a la licitación del servicio incluía autobuses que ya estaban asignados previamente a otros contratos en vigor para el transporte de viajeros y escolares en Galicia.
Esta situación, aduce el tribunal, contravenía el pliego que marcaba las reglas del concurso público e implicaba una «evidente incompatibilidad». Dicho de manera sencilla, era inviable que ambos servicios, de frecuencia diaria y separados por unos 800 kilómetros, pudieran cumplirse con los mismos vehículos: alrededor de medio centenar de algo más de 130 presentados, según fuentes del sector consultadas.
Aunque la sentencia es antigua (está fechada el infausto 29 de octubre de 2024) sus consecuencias acaban de conocerse, después de que el conseller de Educación, José Antonio Rovira, anunciara la pasada semana la rescisión del contrato en cumplimiento del fallo, por lo que el servicio para este curso comenzó a prestarlo el pasado lunes la UTE Valencia 23, conformada por 75 empresas de filiación valenciana. Y sin que hayan trascendido incidencias, al contrario de lo que sucedió con los primeros adjudicatarios, que incluso fueron sancionados por la administración con una multa de cerca de medio millón de euros tras el caos en el transporte escolar que marcó el inicio del 2023-2024, con centenares de alumnos -muchos de ellos con necesidades especiales- sin servicio durante once jornadas. El ejercicio pasado también se registraron problemas, aunque con menor intensidad.
La UTE que ahora se queda el servicio fue la que llevó la adjudicación a los tribunales, después de haber accedido a los listados de vehículos que las empresas operadas bajo la marca Monbus presentaron para conseguir diferentes servicios de Galicia y detectar muchas matrículas idénticas a las propuestas para el lote 5 de la provincia de Valencia, que englobaba 53 centros. Es decir, eran los mismos autobuses. Primero se trasladó la información, oficial y oficiosamente, a los gestores de la conselleria -a los salientes, los del Botánico, que firmaron el contrato, y a los entrantes, los del PP, que lo heredaron-. Y después se recurrió ante el Tribunal Central de Recursos Contractuales, que rechazó sus pretensiones, y finalmente ante el TSJCV, que las ha estimado.
La UTE valenciana consideró que la unión de empresas mayoritariamente gallegas no podía prestar el servicio «cumpliendo los términos del pliego ante la duplicidad de matrículas, lo que aparentaba una falsa disponibilidad de vehículos y de solvencia técnica», porque en la flota ofertada había unidades «adscritas a servicios en vigor que resultaban incompatibles, por cuestiones geográficas, con la prestación del previsto en Valencia». También se alegó, entre otros motivos, que durante la licitación se procedió a la sustitución de autobuses inicialmente asignados más allá de las causas amparadas en el pliego. La relación de vehículos presentados era clave, pues la edad media de la flota y la calidad ambiental eran parámetros a tener en cuenta en la valoración de las ofertas y la adjudicación del lote. La UTE de Monbus consiguió la máxima puntuación en el criterio de antigüedad.
La defensa, la administración y el Tribunal de Recursos Contractuales, en su resolución desestimatoria, defendieron la tesis de que el pliego no prohibía que los autobuses estuvieran adscritos a otros contratos en el momento de presentar la relación de matrículas, con tal de que estuvieran disponibles para las rutas de Valencia en el momento de prestarse el servicio (a principios de septiembre de 2023).
Sin embargo, el tribunal valenciano discrepó de esta interpretación tras analizar la duplicidad de matrículas y la declaración responsable que la UTE presentó acompañando la relación de autobuses. En esta se aseveraba que no estaban vinculados a otros contratos «cuya ejecución resulte incompatible por razón del horario», si bien se permitían excepciones siempre que se pudieran cuadrar las rutas. Es decir, cómo utilizar el mismo vehículo en ambos servicios sin que estos se resintieran. «En este caso concreto no sólo la incompatibilidad horaria, sino también y esencialmente la territorial, es más que evidente, encontrándose vehículos adscritos a otros contratos de transporte», dice la sentencia.
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