La jueza de la dana defiende que el temor al colapso de Forata no impedía alertar a la población amenazada por el Poyo
El último auto rechaza la inclusión de informes sobre la presa pedida por una acusación que también insistía en investigar Miguel Polo, y tilda la vinculación entre la situación del embalse y la riada del Poyo de «auténtico bulo»
La jueza que instruye la causa de la dana ha vuelto a rechazar la inclusión en el sumario de sendos informes sobre la presa de Forata a petición de una acusación particular que representa a un vecino fallecido en Cheste. Considera que el hecho de que el foco estuviera puesto en la presa (el riesgo de colapso centró la atención del Cecopi y las primeras versiones del mensaje Es Alert) no impedía que el resto de la población (se entiende que la del área de influencia del Poyo, donde se produjeron la mayoría de las muertes) hubiera sido convenientemente alertada. Es decir, que se podían haber atendido ambos frentes de manera simultánea o complementaria.
En el escrito se planteaba que la atención del Cecopi sobre Forata «contribuyó directa o indirectamente a la causación de las muertes, incluida la de nuestro patrocinado, siquiera porque fue abandonado a su suerte, aquella tarde, en su caseta de Cheste, mientras todos los llamados a protegerle se centraban en que Forata no reventase, olvidándose completamente del Barranco de Chiva«.
Para la jueza, la fundamentación «no resiste mínimamente un análisis de la relación de causalidad, ni la posición de garante», al considerar que «el hecho de atender la situación de la presa de Forata no era incompatible con la alerta a la población».
Además, el escrito aludía a que las pruebas planteadas (dos informes anuales de 2023 y 2024 sobre la presa) permitirían la declaración como investigado del presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, extremo que como recuerda la jueza ya fue resuelta por la Audiencia Provincial de Valencia, «por lo que carece de sentido expresarlo como fundamentación de la práctica de dicha prueba testifical».
En el auto también se niega tajantemente que el régimen de funcionamiento de Forata (con las compuertas abiertas y laminando la avenida, llegando incluso hasta su capacidad máxima de embalsamiento) tuviera efectos negativos en los trágicos sucesos. Al contrario, se defiende que produjo un efecto «netamente beneficioso». Además, se hace referencia a las testificales de diferentes expertos que insistieron en que no hubo ninguna relación entre Forata y el área de influencia del Poyo. «Ha de calificarse como auténtico bulo la repercusión de la presa de Forata (zona del Magro) en la crecida del Poyo, que es otra cuenca», se dice.
La misma acusación había presentado otro recurso en un sentido similar, también desestimado, en el que además se incluía otro apartado que ponía en tela de juicio el número oficial de fallecidos. «Se apela de manera frecuente a que se debe buscar la verdad de los hechos e intenta introducir en el procedimiento bulos», alega la jueza, aludiendo a que se hablaba de más de trescientos sin que se aporte «prueba alguna de dicha afirmación, nombres e identidades que le llevarían a sostener que existirían más de 70 personas que han fallecido y que no se reconocen». En este sentido, le recuerda que en otros escritos presentados la parte los fijaba en 257, y en otro en 232, aportándose en este caso un listado con otros tantos nombres. «La diferencia frente a los 228 era fácil de explicar, como se expresó en un auto previo. Tres de los nombres estaban repetidos, y el cuarto supuesto fallecido estaba vivo, se trataba de un lesionado», concluye la magistrada.
Por último, la jueza también ha acordado incorporar a la causa las declaraciones de diversos perjudicados y citar a otros para el ofrecimiento de acciones. Y se ha comunicado a todas las partes interesadas que la Junta de Jueces del Tribunal de Instancia de Catarroja ha acordado mantener el órgano judicial en la Ciudad de la Justicia de Valencia, al disponer de las instalaciones mejor acondicionadas.