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Dos agentes de la Guardia Civil, en el incendio de Moncada, en 2022 IVÁN ARLANDIS

Un juez iguala la condecoración a los guardias civiles que auxiliaron a ancianos en un incendio de Moncada

Interior había rebajado la medalla a uno de ellos, pero la Audiencia Nacional le ha dado la razón y obliga al Ministerio a imponérsela con nivel rojo

M. H.

Sábado, 13 de enero 2024, 15:08

El juzgado central de la Audiencia Nacional ha acordado igualar las condecoraciones que el Ministerio de Interior concedió a los agentes de la Guardia Civil que auxiliaron a varios ancianos en el incendio de la residencia de Moncada ... , en enero de 2022, en el que murieron nueve personas. El tribunal lo ha acordado después de que uno de los guardias civiles presentara un recurso ante el contencioso-administrativo porque había recibido la Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil con distintivo blanco, mientras que los compañeros que asistieron a las víctimas en el mismo suceso habían sido condecorados con el mismo distintivo, pero en categoría roja, con mayor rango.

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La acción del recurrente y sus compañeros permitió la evacuación con vida de 26 personas de avanzada edad de la zona afectada por la acción del fuego y del humo, en enero de 2022. El agente que ha reclamado accedió ese día a una zona inaccesible, sin medio alguno de respiración, ni traje de protección, con abundancia de humo y con acción directa del calor debido a las llamas por la acción del fuego, para proceder al desalojo de las personas residentes allí atrapadas. El recurrente, dice su defensa, lo hizo en idénticas condiciones que otros de sus compañeros que recibieron la cruz del mérito de la Guardia Civil por dicha acción.

Pero, en un primer momento, Interior distinguió entre agentes y otorgó medalles con distinto rango. A unos roja y a otros blanca. Algo que su defensa coonsideraba «inexplicable», motivo por el cual presentó el recurso. Ahora, en una sentencia del juzgado central de la Audiencia Nacional se da la razón al agente, al considerse «violentado» el principio de igualdad en la aplicación de la normativa sobre concesión de condecoraciones.

El juzgado no encuentra «razones que justifiquen no haber hecho lo mismo» con todos los agentes involucrados en el auxilio. «En los términos considerados por las normas no hay diferencia relevante entre el comportamiento» de los agentes, que formaban parte de una cadena de ayuda, explica la sentencia. En su caso, «hechos idénticos son tratados y considerados de forma diversa» porque todos los agentes «participaron en los hechos de igual manera y sin fundamentación y motivación, se conceden distintas condecoraciones a los partícipes en el incendio cuando el desarrollo de sus labores han sido las mismas». Dice el juez que este hecho «quiebra el Principio de Igualdad» y ello conlleva la anulación de la orden en la que Interior distinguió entre blancas y rojas las condecoraciones.

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No aprecia la Audiencia Nacional «diferencia alguna» ni respecto de los riesgos asumidos por los mismos sin que conste actuación alguna que pueda justificar y motivar el distinto trato concedido en orden a la concesión de condecoraciones y recompensas. «Queda constatada la identidad en los hechos relevantes a estos efectos, es decir aquellos que la Ley y el Reglamento toman en consideración para la concesión de la Cruz con distintivo rojo, y a falta de una justificación válida del diferente trato que se dispensa a uno y a otro, se da la desigualdad entre ambos Guardias denunciada por el recurrente y eso determina la estimación del presente». De este modo, el guardia civil que ha recurrido recibirá la distinción en nivel rojo, como ya fueron condecorados sus compañeros. Ante la decisión, cabe recurso.

Consultado Antonio Suárez-Valdes, abogado del guardia civil recurrente, el mismo indica que «es muy habitual que, por cuestiones presupuestarias, por el Ministerio del Interior se efectúe una asignación parcial de este tipo de condecoraciones que llevan aparejadas una retribución, pese a que pueden existir varios actuantes que han desarrollado idénticas funciones». Esto, según refiere el letrado Suárez-Valdés, «genera agravios comparativos y la vulneración del principio de igualdad y, como ha sucedido en el presente caso, dicha práctica resulta corregida con inmediatez por los tribunales de justicia».

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