La Fiscalía apoya a Argueso y exige saber cuándo y quién recibió el ofrecimiento de los agentes medioambentales el 28 de octubre
La defensa del exsecretario autonómico de Emergencias había recurrido un auto de la jueza en la que la magistrada desdeñaba la importancia de la trazabilidad del mensaje de la Conselleria de Medio Ambiente
La Fiscalía se ha alineado con la defensa de Emilio Argüeso, secretario autonómico de Emergencias durante el 29 de octubre de 2024, y ha pedido ... a la jueza de Catarroja que investiga la causa de la dana que pida a la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Generalitat un informe sobre «la trazabilidad de la comunicación remitida el 29 de octubre de 2024 a las 12.19 horas, a través del sistema de Registro Departamental, por el director general de Medio Natural y Animal, indicando la fecha y hora en que se recibió en la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuestas a las Emergencias, la persona que accedió a dicha comunicación en la citada agencia, el momento en que fue descargado su contenido y, en su caso, si la misma fue reenviada a otros usuarios del sistema informático de la Generalitat». Distintos testigos en el juzgado han entrado en contradicciones sobre cuándo y quién recibió el ofrecimiento del día 28 y si la dirección de la emergencia lo conocía en las horas más oscuras del 29.
Accede así a la petición de la defensa de Argüeso que recurría un auto de la jueza en el que Nuria Ruiz Tobarra hablaba de «desplazamiento de la responsabilidad» de la defensa de Argüeso, que se preguntaba cómo se efectuó ese ofrecimiento de agentes medioambientales el día antes de la dana. «Si el investigado estima que le ha de ser comunicado a través de un funcionario, no exige lo mismo al director general de Medio Natural y Animal, que había de comunicárselo directamente, sin ningún funcionario como intermediario, y cerciorarse de si el envío llegaba a manos del señor Argüeso», indicaba la magistrada: «El problema es que quien era secretario autonómico de Emergencias era el señor Argüeso, no el señor Gomis; quien estaba al lado de la investigada Salomé Pradas mientras escribía «rambla Pollo» (sic), bomberos forestales, era el señor Argüeso, no el señor Gomis; quien oía las iexplicaciones de la señora Inmaculada Piles era el secretario autonómico, no el director general de Medio Natural y Animal, y quien ostentaba la dirección del plan el día 28 de octubre de 2024, (en situación de preemergencia), e incluso el día 29 de octubre, en situaciones 0 y 1 de emergencia, era el señor Argüeso, no el señor Gomis».
El recurso de la defensa del exsecretario explicaba que con el informe de actividad del envío del ofrecimiento, éste fue abierto por la agencia el mismo día 29 de octubre, sin que se pueda saber quién lo recibió. «Es obvio que de todo ello se genera una duda clara: si dice la verdad doña Inmaculada Piles, el ofrecimiento no fue abierto hasta el día 30 de octubre, si dice la verdad el señor Gomis, el ofrecimiento fue abierto el día 29 de octubre. Y en todo caso en ambos supuestos, no se puede acreditar si lo recibió el señor Argüeso, pese a que su señoría, sin prueba alguna en ese sentido, conjeturando, afirma categóricamente que mi cliente sí lo recibió», indica la defensa de Argüeso.
La Fiscalía se alinea con estas tesis. «Parece desprenderse que la comunicación con el ofrecimiento de colaboración desde Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio no llegó a la AVSRE el día 29 de octubre de 2024, lo que entra en contradicción aparente con el justificante electrónico aportado a la causa por la dirección de Medio Natural y Animal con su informe de 17 de octubre de 2025, contestando el oficio judicial de 10 de octubre de 2025. Por ello, se considera pertinente y útil a los fines de la instrucción obtener una información concreta y veraz, como es la que se puede proporcionar por la DGTIC con sus medios técnicos informáticos, sobre la recepción efectiva en la AVSRE del mensaje remitido el 29 de octubre de 2024 a las 12.19 horas. De este modo, se conocerá si el contenido del mismo, es decir, el ofrecimiento de la colaboración por parte de agentes medioambientales dependientes del organismo emisor, fue recibido por la Agencia encargada de la gestión de la emergencia, y, en su caso, si fue remitida a las personas con capacidad de toma de decisión», indica la Fiscalía.
El órgano incide en que esta cuestión «se trata de un elemento de interés para el objeto de la presente instrucción judicial, constituyendo un elemento fundamental de la misma la determinación del conjunto de datos e información que se encontraban a disposición de los responsables de la gestión de la emergencia».
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