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La Policía realiza un control de tráfico para evitar movimientos innecesarios. EFE
Segundo confinamiento en España | ¿Puedo viajar a otra provincia o comunidad en un cierre perimetral?

¿Puedo viajar a otra provincia o comunidad en un cierre perimetral?

Hay confinamiento a nivel de comunidad autónoma, pero también provincial e incluso municipal en algunos casos

LP.ES

VALENCIA

Jueves, 29 de octubre 2020

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Trece comunidades autónomas viven ya o han anunciado su cierre perimetral para frenar la propagación del coronavirus, al sumarse a esta restricción la Comunitat Valenciana, Cataluña, Cantabria, Andalucía, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Murcia, mientras que Madrid ha anunciado que pedirá hacerlo solo por días para limitar el movimiento únicamente en el puente.

El cierre perimetral supone la limitación de movimientos y el establecimiento de fronteras contra la covid-19, lo que impedirá entrar o salir de las comunidades autónomas salvo en determinados casos previstos por el decreto del estado de alarma, o por las restricciones contempladas por cada autonomía en las resoluciones que aprueban dicho cierre perimetral.

Cuando entren en vigor los nuevos confinamientos anunciados hasta este momento ya no se podrá entrar ni salir, salvo casos justificados, de Andalucía, Cataluña, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Murcia, Aragón, el País Vasco, Navarra, La Rioja, Cantabria y Asturias, junto a Madrid.

Cierre perimetral por municipios

Además, en algunos casos el cierre perimetral también es provincial, por lo que los vecinos de dichas provincias no solo no puede salir de su comunidad, sino tampoco de su provincia. Y en Cataluña, Euskadi, Murcia y Aragón se ha decretado también el cierre perimetral municipal, lo que implica que la limitación de movimientos afecta también a cada localidad, pueblo o ciudad.

Prácticamente la mitad de los españoles no podrá salir ni entrar de sus territorios sin motivo justificado, una fórmula que busca reducir la propagación del coronavirus e impedir que los ciudadanos viajen en el Puente de Todos los Santos, que arranca el viernes.

El decreto del estado de alarma publicado en el BOE especifica que «no estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales en que resulten de aplicación las limitaciones previstas», lo que implica que alguien que esté en una comunidad autónoma sin cierre perimetral podría desplazarse hasta otra comunidad autónoma sin cierre perimetral, cruzando regiones confinadas, siempre y cuando lo pueda justificar.

Cataluña

Cataluña endurece las restricciones a la población. El Govern catalán ha aprobado este mediodía nuevas medidas para tratar de doblegar la curva de la pandemia, que sigue desbocada. A partir del viernes 30 de octubre habrá confinamiento perimetral para toda Cataluña. No se puede entrar o salir del territorio catalán durante los próximos 15 días, salvo por cuestiones de fuerza mayor y actividades esenciales. Además, se pone en marcha un confinamiento perimetral de tipo municipal y limitado al fin de semana. Desde las 6 de mañana hasta las 6 del lunes. Es decir, nadie puede entrar o salir de su localidad salvo para ir a trabajar o por cuestiones de fuerza mayor durante los fines de semana.

La Generalitat descarta de momento el cierre domiciliario, pero en cambio apuesta por adoptar más restricciones en línea con las que están vigor desde hace 15 días. Así, bares y restaurantes seguirán cerrados, las competiciones deportivas no profesionales continuarán suspendidas, se mantiene el toque de queda de 10 de la noche a 6 de la mañana y partir de mañana también se clausuran todos los actos culturales, las actividades extraescolares, se decreta el cierre de comercios de más de 800 metros cuadrados y los centros deportivos. Los colegios, de momento, se mantienen abiertos.

Andalucía

Andalucía, la comunidad autónoma más poblada de España, con 8,4 millones de habitantes, ha sido la última en sumarse este miércoles al cierre perimetral, y lo hará hasta el 9 de noviembre. Su presidente, Juanma Moreno, ha explicado que se cierran también perimetralmente las provincias de Sevilla y Jaén, que se unen así a Granada. El presidente de la Junta, Juanma Moreno, ha anunciado el mantenimiento del toque de queda de 23:00 a 06:00 horas, tal y como estableció el Gobierno central en el decreto del estado de alarma y se establece el cierre de establecimientos hosteleros a las 22:30 horas.

Se ordena además el cierre perimetral de los municipios englobados en los distritos ssanitarios de Córdoba Sur, La Vega de Málaga y del área sanitaria Jerez Costa Noroeste y Sierra de Cádiz, también en nivel 4, lo que supone un total de 448 municipios en Andalucía, más de la mitad de las poblaciones de la comunidad. En ellos viven 4,3 millones de personas, la mitad de la población, que no podrán entrar ni salir de sus localidades «sin causa justificada».

Murcia, Castilla la Mancha, Castilla-León...

Antes lo habían anunciado Murcia, y posteriormente Castilla y León y Castilla La Mancha (también hasta el día 9) que han comparecido en una rueda de prensa junto a la Comunidad de Madrid donde la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado que pedirá que los cierres se puedan decretar por días de cara al puente de Todos los Santos.

Madrid, cierre por días

La Comunidad de Madrid finalmente también se cerrará, pero lo hará a su manera y sin el paraguas del estado de Pedro Sánchez, lo que podría implicar un nuevo varapalo judicial. Isabel Díaz Ayuso anunció hoy que ha ordenado el confinamiento perimetral de la región pero solo durante los puentes de Todos los Santos que comienza este sábado y en el de La Almudena, 9 de noviembre, festivo en la ciudad de Madrid. La presidenta insistió en que los aislamientos serán por el tiempo «imprescindible».

La decisión de la dirigente madrileña de prohibir la entrada y la salida los días 30, 31, 1 y 2 y, después los días 6, 7, 8 y 9 cogió totalmente por sorpresa al Ejecutivo central, que ultimaba una carta de respuesta a la misiva que Ayuso dirigió a Sánchez y en la que le reclamaba que modificara el real decreto del estado de alarma para permitir que los confinamientos perimetrales fueran por días y no con la duración mínima de una semana, tal y como fija el texto que hoy fue debatido en el Congreso.

Ceuta

Menos restrictivo es el cierre de la ciudad autónoma de Ceuta, que se circunscribe únicamente a los fines de semana aunque se prevé que se alargue en el tiempo incluso hasta mediados de diciembre.

Las CCAA que no están confinadas

La movilidad no está restringida por el momento en Galicia, Comunidad Valenciana, Extremadura, Cantabria, Baleares ni Canarias, aunque en algunos casos sí hay cierre de municipios en estos territorios, es el caso de Ourense, en Galicia, o de Fuenlabrada de los Montes, en Badajoz, mientras que la Comunidad Valenciana se lo plantea para el puente en determinadas localidades.

Las excepciones para salir

Las comunidades autónomas han fijado varias excepciones para realizar desplazamientos, siempre y cuando exista un motivo justificado. Estas excepciones son las previstas por el decreto del estado de alarma publicado en el BOE, que también estipula

a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

También se pueden establecer otra serie de medidas adicionales para limitar la actividad social, como puede ser el cierre de comercios a una hora determinadas, la restricción de agrupación de personas en espacios públicos o privados o la limitación de aforos, entre otros.

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