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El calendario laboral de lo que que queda de 2019 y 2020: los puentes y los lunes festivos en Valencia, Alicante y Castellón

El calendario laboral de lo que que queda de 2019 y 2020: los puentes y los lunes festivos

En 2019 hay dos puentes hasta final de año y un posible acueducto para quien aún pueda permitirse coger algún día libres

LP.ES

VALENCIA

Miércoles, 28 de agosto 2019

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El calendario laboral de 2020 en la Comunitat Valenciana contempla hasta tres lunes festivos y la particularidad de que dos más (el 2 de noviembre y el 7 de diciembre) hubieran podido serlo porque el día de fiesta nacional cae en domingo (1 de noviembre, día de Todos los Santos, y 6 de diciembre, Día de la Constitución).

La legislación aprobada expone que el Gobierno puede trasladar a los lunes todas las fiestas de ámbito nacional que tengan lugar entre semana y, en todo caso, aquellas que coincidan en domingo, pero al mismo tiempo las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, pueden sustituir fiesta de ámbito nacional y las que se trasladen a los lunes por aquellas fiestas que por tradición les sean propias.

Este es el motivo por el que algunas comunidades autónomas disfrutarán de algunos lunes como festivos y otras no.

En 2020 el 24 de junio, día de San Juan, volverá a ser festivo autonómico por segundo año consecutivo, mientras que el Jueves Santo no será fiesta de ningún tipo: ni autonómica ni nacional.

Así, los 12 festivos en la Comunitat Valenciana aprobados por el Consell son:

- 1 de enero, Año Nuevo

- 6 de enero: Epifanía del Señor

- 19 de marzo: San José

- 10 de abril: Viernes Santo

- 13 de abril: Lunes de Pascua

- 1 de mayo: Fiesta del Trabajo

- 24 de junio: San Juan

- 15 de agosto: Asunción de la Virgen

- 9 de octubre: Día de la Comunitat

- 12 de octubre: Fiesta Nacional de España

- 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción

- 25 de diciembre: Navidad

A estas hay que sumarle los días de festivo local, fijados por cada Ayuntamiento.

Las fiestas y puentes que quedan en 2019

En la Comunitat Valenciana, tras el verano de 2019 aún quedan cinco festivos, cuatro nacionales y uno autonómico, que permitirán hacer algún puente. El 9 de octubre, Día de la Comunitat, cae en miércoles, y el 12 de octubre, Fiesta Nacional de España, es sábado, por lo que quien pueda disfrutar de días libres podría encadenar hasta 5 días esa semana.

El 1 de noviembre de 2019, Día de Todos los Santos, cae en viernes: otro puente a la vista. Y ya en diciembre el 6 es viernes y el 8 domingo, lo que permite otra puente de tres días (alguna autonomías tendrán el 9 como festivo al pasar el día de fiesta nacional del domingo al lunes. Este no es el caso de la Comunitat Valenciana). Finalmente el 25 de diciembre es miércoles, al igual que el 1 de enero, con el que comenzará el ciclo dde festivos del año 2020.

Cuándo pasan los festivos del domingo al lunes

Las características de las fiestas recogidas en el calendario laboral son las siguientes:

- Se fijan anualmente.

- Tienen carácter retributivo y no recuperable.

- No podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales. En cualquier caso se respetarán como fiestas de ámbito nacional las de la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de Mayo (fiesta del Trabajo) y 12 de Octubre (fiesta Nacional de España).

- El Gobierno podrá trasladar a los lunes todas las fiestas de ámbito nacional que tengan lugar entre semana, siendo, en todo caso, objeto de traslado al lunes inmediatamente posterior el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan en domingo.

Las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen a lunes. Asimismo, podrán hacer uso de la facultad de traslado a lunes las previstas en el párrafo anterior.

- Si alguna Comunidad Autónoma no pudiera establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales, podrá, en el año que así ocurra, añadir una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce.

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