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Un agente de la Guardia Civil, en una imagen de archivo EP
DGT | La DGT avisa de la importante multa que puedes recibir por quitarte la mascarilla en el coche

La DGT avisa de la importante multa que puedes recibir por quitarte la mascarilla en el coche

Tráfico recuerda que se trata de una infracción con 500 euros de multa y la pérdida de seis puntos del carné

R. D.

Jueves, 25 de marzo 2021, 09:10

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La mascarilla, sea del tipo que sea, se ha convertido en elemento esencial durante la pandemia. Hace un año era un complemento extraño y 12 meses después lo que extraña es el caso completamente contrario, ver a la gente sin mascarilla. ¿Cuándo llegará el momento de decir adiós a los tipos FFP2, FFP3, quirúrgicas o de tela? Mientras avanza el proceso de vacunación y la mascarilla sigue siendo obligatoria hay que llevarla puesta y hay dudas acerca de cómo debemos utilizarla en el coche.

No llevar la mascarilla en un supuesto de obligatoriedad recogido en la norma vigente se traduce en una sanción económica. Únicamente en situaciones de convivientes se permite no llevarla por parte de los ocupantes, pero si no residen en el mismo domicilio se deben cumplir dos normas diferentes.

Por una parte la ocupación, que tiene el mismo límite que los encuentros sociales. En la Comunitat Valenciana sólo se permite que cuatro personas no convivientes puedan verse en un espacio público, por lo que en el vehículo existe la misma limitación para sus ocupantes. Éstos deben llevar puesta la mascarilla y si no lo hacen se arriesgan a una sanción de 100 euros por incumplir la normativa vigente.

La sanción económica más fuerte y la que da aviso la Dirección General de Tráfico tiene que ver con quitarse la mascarilla mientras se conduce. Si lo haces, los agentes pueden considerarlo como conducción negligente o temeraria por la distracción que supone y la sanción es de 500 euros más la pérdida de seis puntos del carné de conducir.

Es importante la interpretación de los agentes que observen la infracción, puesto que se puede considerar como grave y entonces la multa se quedaría en 200 euros sin que la infracción conlleve pérdida de puntos.

Mascarillas decorativas: 80 euros

Además de esta multa por no llevar la mascarilla según los supuestos establecidos por la ley, existe otra sanción con respecto a las mascarillas en el interior de un vehículo. Es una acción que hasta verano se veía de forma frecuente pero que con el paso de los meses ha descendido su incidencia a simple vista. ¿Qué hacer con la mascarilla si no se usa dentro del coche?

Existen unas cajas y sobres de plástico en lo que se recomienda guardar la mascarilla durante el tiempo que no se esté usando, para protegerlas mejor y asegurar, en cierta medida, que no pierde efectividad para cuando se vuelva a usar. Estos complementos posibilitan que la mascarilla no se deje bajada en la barbilla o colocada en el codo, lugares en los que puede infectarse por las gotículas con coronavirus. Dentro del coche el lugar equivocado es depositar la mascarilla sujeta en el retrovisor, como si de un elemento decorativo se tratara.

Lo cierto es que no existe, en este caso, una legislación clara y directa como sí ocurre con el uso de las mascarillas dentro del coche. A esta situación hay que aplicarle un supuesto recogido en el Reglamento General de Circulación según el cual no se permite la colocación de ningún elemento en el interior del habitáculo que limite o impida la perfecta visión del conductor. Por su dimensión, poner una mascarilla en el retrovisor implicaría una notable reducción del campo de visión, por lo tanto se podría sancionar si un agente advirtiera esta situación en un control. La multa para estos casos es de 80 euros.

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