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El Contencioso Administrativo anual las bases de la convocatoria de plazas para Policía Local. LP

El Ayuntamiento de Turís tendrá que volver a convocar cuatro plazas de Policía

Una sentencia da la razón a CSIF que impugnó que las bases «no se ajustaban a derecho»

r.a.

Turís

Lunes, 16 de noviembre 2020, 15:07

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El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 10 de Valencia ha dado la razón al sindicato CSIF y anula la resolución del Ayuntamiento de Turís sobre las bases de la convocatoria de cuatro plazas de agente de Policía Local, al considerar que «no se ajusta a derecho».

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) explica que impugnó las bases y convocatoria para cubrir las citadas plazas por los sistemas de oposición –turno libre- y movilidad, porque la normativa establecer que la provisión de estas plazas debe ser por concurso-oposición y la falta de comunicación al Instituto Valenciano de Seguridad Públicas (Ivaspe).

El sindicato explica que esa Disposición Transitoria 1ª de la Ley 17/2017 y el decreto 180/18 deja claro que "los ayuntamientos deberán efectuar las correspondientes convocatorias tendentes a eliminar el empleo temporal", y que lo harán mediante sistemas selectivos que "garanticen los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito y capacidad y en los que serán objetos de valoración, entre otros, los servicios prestados y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria".

La central sindical recalca que, a pesar de la negativa del Ayuntamiento a modificar las bases afirmando que su convocatoria fue negociada y que las bases son válidas y ajustadas a la normativa vigente, el Juzgado número 10, tal como pedía CSIF, concluye que "el proceso aprobado por la resolución impugnada ha devenido contrario a derecho" y que, por tanto, declara la resolución del Ayuntamiento de Turís como "no ajustada a derecho" y la anula.

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