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Concentración multitudinaria de manifestantes que apoyan a los detenidos por los sucesos de Alsasua. Efe
El Supremo examinará el 18 de septiembre los recursos por la condena de la agresión de Alsasua

El Supremo examinará el 18 de septiembre los recursos por la condena de la agresión de Alsasua

La Audiencia Nacional ya confirmó las penas por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas pero negó que fuera un ataque terrorista

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Lunes, 22 de julio 2019, 15:51

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La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha fijado para el próximo 18 de septiembre la vista pública para delibera sobre los recursos de casación planteados contra la sentencia de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional que confirmó las penas por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas impuestas a siete de los ocho condenados por la agresión a dos guardias civiles y sus novias en la madrugada del 15 de octubre de 2016 en la localidad navarra de Alsasua.

Según informaron hoy fuentes del Supremo, el tribunal que estudiará los recursos presentados por los ocho condenados estará presidido por el magistrado Andrés Martínez Arrieta, e integrado además por Antonio del Moral, Andrés Palomo, Susana Polo y Vicente Magro. Este último será el ponente.

El pasado 7 de marzo, la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional ratificó, con un matíz mínimo, el fallo dictado por este mismo órgano en junio de 2018 sobre aquella polémica agresión sufrida el 15 de octubre de 2016 por dos guardias civiles y sus parejas

Entonces, la Audiencia Nacional confirmó las penas de entre dos y trece años de prisión por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas para los ocho condenados. La única novedad sustancial con respecto al fallo de primera instancia fue que la sala estimó parcialmente el recurso de Iñaki Abad y le rebaja la pena de 10 a 6 años de cárcel al quitarle dos delitos de lesiones.

En su sentencia la sala desestima los recursos de la Fiscalía -que pedía que los hechos fueran considerados como terrorismo- y de las acusaciones, así como de las defensas de siete de los condenados: Jokin Unamuno, Ohian Arnanz, Jon Ander Cob, Julen Goicoechea, Aratz Urrizola, Adur Ramírez y Ainara Urquijo.

Casi en su totalidad

La sentencia que este septiembre será revisada por el Supremo confirmó casi en su totalidad todos los extremos del fallo de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, sobre todo a la hora de zanjar que los hechos acontecidos la madrugada del 15 de octubre junto al bar Koxka no se produjeron «siguiendo el ideario que la banda terrorista ETA tenía entre sus objetivos (aunque pudiera coincidir en alguno de ellos) pues no puede estimarse acreditada la intencionalidad que propugna el Ministerio Fiscal».

En particular, los magistrados recordaron que los acusados eran menores de edad cuando la banda a principios de esta década anunció su intención abandonar la «lucha armada», «por lo que difícilmente hubieran asumido y mantenido en el tiempo este ideario con dicha edad».

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